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Estafa inmobiliaria: solicitan a la AN investigar sentencia que atenta contra el arrendamiento

Abogado Méndez Naranjo denuncia “violación de la propiedad privada y el Estado de Derecho consumada por dos tribunales de Lara y la Sala Constitucional”

Por 2001

Jueves, 30 de enero de 2025 a las 08:13 pm
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El abogado Eddy Méndez Naranjo, en representación de Janne Panico González, consignó una comunicación ante la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, mediante la cual exhorta a investigar “un gravísimo

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atentado contra la Constitución y el Estado de Derecho consumado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia” que, a su juicio, pone en peligro el derecho a la propiedad y la propia figura del arrendamiento.

 

Méndez Naranjo relata que la Sala Constitucional cometió una injusticia al declarar improcedente la solicitud de revisión contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil del Estado Lara, de fecha 14-11-2018, que acogió la demanda de retracto arrendaticio interpuesta por las inquilinas Frigorífico La Mansión del Este e Inversiones Plaza Los Leones contra Janne Panico, sin reparar en que ésta no ha vendido a nadie los inmuebles arrendados, por lo cual el retracto resulta inadmisible y constituye una violación flagrante del derecho de propiedad.

 

“La condenó, sin fundamento legal alguno, a cederle a dichas inquilinas el inmueble de 1.195 M2 (donde se erigen el centro comercial y el frigorífico que les tiene arrendados desde el 9-08-2001), ubicado entre las avenidas Madrid con Caracas y Paseo Los Leones, en Barquisimeto, estado Lara, contra el pago de 26 céntimos de bolívar”, afirma, al tiempo de agregar que “esto constituye una vulgar estafa contra mi cliente, una expropiación de facto, que la Sala Constitucional cohonestó y avaló con su sentencia 1192, concediéndole firmeza e impunidad”.

Para ilustrar, señala que la sentencia 1192 deja un “pernicioso precedente”, según el cual el arrendatario puede demandar por retracto al Arrendador, aunque éste no haya vendido a tercero el inmueble arrendado, y conminarlo a que se lo ceda en propiedad por el precio que pagó al adquirirlo (aunque lo haya realizado 10 o 30 años atrás), sin indexación y devaluado por las reconversiones monetarias.

Violación de principios jurídicos

Al ahondar en la denuncia, Méndez Naranjo señala la violación del derecho de propiedad y de la tutela judicial efectiva, “por la incongruencia deliberada con que la Sala dictó su decisión al no tomar en cuenta el hecho probado en el expediente con la certificación de gravámenes del inmueble que el Registrador Público del Municipio Iribarren, a requerimiento de la propia Sala, le remitió en diciembre de 2022”, completa.

 “No quisiera pensar que este atentado jurídico se relaciona con el   entramado de corrupción judicial recientemente detectado en algunas instancias del máximo tribunal, que hace un par de semanas ameritó la detención de dos abogados funcionarios de la Sala Constitucional, por parte de una comisión de la Digecim”, remata el abogado.

Fechas clave

  • 09-02-2000 Janne Pánico González y su esposo compran a Pablo Mendoza Oropeza un inmueble con bienhechurías de 1.195 metros cuadrados, por un precio de Bs 26 millones.
  • 09-08-2001 Panico González arrendó el terreno con bienhechurías a la compañía Inversiones Plaza los Leones, C.A. (perteneciente a José Martinho Agrela Pestana), estipulándose en el contrato que el arrendatario construiría a su propio costo locales comerciales para alquilarlos, los cuales quedarían a beneficio del arrendador propietario al finalizar el arrendamiento de 6 años prorrogables.
  • 03-08-2016 Vencido el contrato y su prórroga, ante la negativa de Agrela Pestana a devolver los espacios arrendados, Panico González le realizó notificaciones de preferencia ofertiva de las propiedades (a través de notario público), por un valor total de Bs 6 mil millones. El planteamiento no fue respondido por las arrendatarias, por lo que Panico podía buscar otros compradores, pero no pudo hacerlo porque -narra el abogado Méndez— “fue absurdamente demandada por retracto” 
  • 18-04-2017 Las arrendatarias demandan por retracto a Janne Panico (a sabiendas de que el inmueble es propiedad común de ella y de su ex esposo, Luis Jiménez, a quien no demandaron).
  • 22-03-2018: La demanda fue declarada con lugar por el Tribunal 5º del Municipio Iribarren, a cargo de la jueza Belén Beatriz Dan Colmenares. La sentencia obligó a Janne Panico a transferir las propiedades a los actuales inquilinos por la suma de veintiséis mil bolívares (Bs 26.000,oo).
  • 03-04-2018: El abogado Jesús Alonso Álvarez Rodríguez, en representación de la demandada Janne Panico, apeló de la sentencia del Tribunal de Municipio Iribarren.
  • 14-11-2028: La decisión del tribunal de municipio resultó confirmada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito del estado Lara, a cargo de la juez Delia González de Leal, quien ordenó que la cesión del inmueble se hiciera a cambio de veintiséis céntimos de bolívar (Bs. 0,26).
  • 18-01-2021: Méndez Naranjo solicitó vía e mail a la Sala Constitucional revisar la decisión del juzgado superior larense por considerar que atenta contra la propiedad privada y otros derechos consagrados en la Carta Magna, consignando en físico la solicitud y sus recaudos ante la Sala Constitucional el 26-05-2021.
  • 31-10-2022: A los fines de verificar los hechos alegados en la solicitud, la Sala Constitucional ordenó al juzgador regional remitir el expediente y al registrador de Iribarren enviarle copia certificada del último título de propiedad registrado.

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