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Exoneran impuestos de mercancías que provengan de puertos de Paraguaná y Nueva Esparta

Lunes, 01 de marzo de 2021 a las 10:03 pm
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En la Gaceta Oficial número 452.706, decreto 4.443 con fecha del 24 de febrero se publicó la modificación en el límite aduanero, para la exoneración de impuestos a la mercancía o productos que hayan sido adquiridos en la Zona Libre de la Península de Paraguaná, Falcón y el Puerto Libre de Margarita, Nueva Esparta.

De acuerdo al decreto, la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o cualquier impuesto o tasa aduanera. Será "siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional. Equivalente a tres mil (3.000) veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela". se lee.

"La exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado, así como cualquier impuesto, tasa o gravámenes aduaneros, a las mercancías que ingresen al territorio aduanero nacional que formen parte del equipaje de los pasajeros procedentes. De la Zona Libre para la Inversión Turística en la península de Paraguaná, estado Falcón, o del Puerto Libre del Estado Nueva Esparta. Siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional. Equivalente a tres mil (3.000) veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela", se lee en la Gaceta.

Asimismo, quienes obtengan productos, tanto en la Zona Libre de Paraguaná y el Puerto Libre de Nueva Esparta, estarán exentos de pagar los impuestos. Mientras que el valor de la carga sea igual o menos a 3.000 dólares o euros. De acuerdo a la tasa del Banco Central de Venezuela (BCV).

Es importante destacar que este Decreto estará vigente durante cinco años, contados desde la publicación de la Gaceta Oficial.

La medida "armonizará" a nivel fiscal y tributario

El gobernador del estado Falcón, Víctor Clark indicó que esta medida "armonizará" a nivel fiscal y tributario. A la vez que, impactará "directamente en la recuperación del sector comercial y turístico".

Igualmente, precisó que según la Ley Económica Especial, "se tomará como referencia para la conversión la tasa oficial del BCV en productos como: electrodomésticos, línea blanca y marrón, bebidas alcohólicas, perfumes, entre otros", dijo.

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