La interposición del recurso de casación ante la Sala de Casación Penal; debe realizarse bajo el cumplimiento de prudentes requisitos. Así lo informó la Sala de Casación Penal con ponencia del presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrado Maikel Moreno.
Es decir, en contra de las sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación; que el delito por el cual se haya presentado la acusación exceda de cuatro años en su límite máximo; y que la misma ponga fin al proceso o impida su continuación, reseña un comunicado de prensa.
De esta manera, la Sala del Alto Tribunal en su sentencia N° 005-2021; declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado David Alberto Pérez Esqueda; contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua. Donde se decretó el abandono de la acusación de la causa seguida a los ciudadanos Maurcio Falsiroli Mongelli y Eduardo Robertson Franquiz; por la presunta comisión del delito de difamación agravada, tipificado en el artículo 442 del Código Penal.
La Sala del TSJ en su comunicado constata que "la decisión impugnada a través del recurso de casación dictada por una Corte de Apelaciones; confirma la terminación del proceso, al declarar sin lugar el recurso de apelación ejercido contra la sentencia del juzgado de juicio".
Por último, el delito por el cual se presentó la acusación privada; difamación agravada, no contempla una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; toda vez que el aludido tipo penal contempla una pena de dos meses a cuatro años de prisión. Siendo este uno de los requisitos de admisibilidad de los recursos de casación.
Nota de Prensa
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