Juan Carlos Caldera, representante ante el Consejo Nacional Electoral por la Unidad Democrática, solicitó al máximo ente comicial, que se aplique el artículo 62 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), a fin de realizar las "sustituciones respectivas" que corresponden al cargo de Gobernador de Miranda.
Caldera expresó "La LOPRE es muy clara en su artículo 62 donde los partidos tienen derecho a sustituir los candidatos por causa sobrevenida".
"Esta situación debe resolverse sin mayor traba. Imaginemos si un candidato muere, ¿también es extemporáneo? Esto está claramente establecido en la Ley y el CNE debe garantizar que el pueblo mirandino tenga como representante a David Uzcátegui en la tarjeta de la Unidad", agregó.
Solicitud sobre artículo 62
Dicha solicitud transmitida por representantes de la MUD, explicó que el artículo se basa en que "las organizaciones postulantes podrán sustituir sus candidatos o candidatas, en los siguientes casos: fallecimiento, renuncia, discapacidad física o mental debidamente certificada por la autoridad competente o razones constitucionales y/o legales".
Asimismo, el comunicado de la coalición de partidos apuntó que "en efecto, en el presente caso, se presentó de manera sobrevenida la renuncia del candidato Carlos Ocariz, a la Gobernación de Miranda, hecho público, notorio y comunicacional".
Nota de Prensa
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