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¡OJO CON ESTO!: Las razones del Seniat para exigir actualizar tu dirección (+PASO A PASO)

Miércoles, 31 de mayo de 2023 a las 06:30 am
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Actualizar los datos de personales naturales suministrados al Seniat, como la dirección, es importante y de obligatorio cumplimiento según la ley. Hay sanciones al respecto.

2001 consultó abogados tributarios para conocer por qué deben actualizarse los datos, cada cuánto tiempo y sanciones por incumplimiento.

El abogado Tributario Manuel Olivieri, indicó que en el caso de las Personas Naturales, en caso de presentar alguna variación en la información originalmente suministrada cuando se inscribió en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), actualizar los datos, como la dirección, es importante.

Explicó que la actualización de datos está dentro de los Deberes Formales, la no actualización está considerada como un ilícito tributario formal relacionado con no proporcionar o comunicar a la Administración Tributaria, dentro de los plazos establecidos, las informaciones relativas a los datos para la actualización de los registros.

Dentro de los deberes formales está inscribirse ante la Administración Tributaria según lo previsto en los artículos 99 y 100 del Código Orgánico Tributario. Su incumplimiento acarrea sanción pecuniaria.

“La multa es equivalente a 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el BCV. Es aplicable a las Personas Naturales no Comerciantes”, dijo.

Precisó que la inscripción y la actualización de datos del RIF se realizan a través de la página Web del SENIAT, www.seniat.gob.ve.

Una vez hecha la inscripción o actualización d datos debe imprimir la planilla que genera el sistema y acudir a la sede del Seniat de su domicilio para consignar la planilla junto con la documentación requerida.

Respaldo ante el Seniat

En el caso de actualización, el usuario debe llevar la documentación relacionada con el cambio. Si cambió de domicilio debe demostrarlo con recibos de servicios públicos que estén a nombre del contribuyente, inscripción ante el CNE, u otro que le solicite la administración.

“La actualización debe hacerse dentro de un mes después de haberse producido el cambio o modificación de datos”, aseguró.

Acotó que el comprobante del RIF tiene vigencia por tres años a partir de la emisión. Su renovación deberá realizarse en un lapso no menor a 30 días hábiles después de su vencimiento.

Por su parte, al abogado Edixon Peroza señaló que Es un deber formal de todo ciudadano actualizar el domicilio fiscal y se hace con el fin de que la administración tributaria pueda localizar a la persona con el fin de notificar alguna resolución por parte de la misma.

El no notificar el Domicilio fiscal o el cambio del mismo constituye un ilícito formal.

El código orgánico tributario establece que quien incurra en cualesquiera de los ilícitos descritos en los numerales 1 y 4 será sancionado con multa de 50 UT.

La multa se incrementará en 50 UT por cada nueva infracción hasta un máximo de 200 UT.

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