Durante declaraciones emitidas este martes 23 de julio, el fiscal general Tarek William Saab, advirtió que quienes difundan resultados antes de la declaración oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE) estarían incurriendo en un delito electoral y enfatizó la importancia de respetar la autoridad del ente.
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«Aquí hay un solo Poder Electoral como lo hay en cualquier lugar del mundo (…), son los únicos para emitir resultados electorales, quienes lo hagan al margen de esa constitución o competencia legal, saben que están cometiendo un delito», declaró Saab.
Además, Saab informó sobre el despliegue de más de 1.200 funcionarios del Ministerio Público para supervisar las elecciones presidenciales del 28 de julio.
Estos funcionarios estarán en servicio durante todo el día de la elección, vigilando en tiempo real cualquier incidente que pueda interferir con el proceso.
Delito electoral
En Venezuela las siguientes conductas son consideradas como delitos electorales:
Con Sanción: 15 a 50 U.T (15 a 50 días de arresto)
- Suministrar datos o informaciones falsas al Consejo Nacional Electoral (CNE) al momento de la inscripción en el Registro Electoral Permanente.
2. Funcionarios que se rehúsen a admitir la votación de electores que tengan derecho a votar.
3. Quienes se nieguen a desempeñar el cargo para el cual han sido designados del Servicio Electoral.
Sanción: 20 a 60 U.T (20 a 60 días de arresto)
– Quienes obstaculicen la realización de procesos electorales, por ejemplo aquel que dañe una máquina de votación.
-Quienes concurran armados a los actos de votación o escrutinios.
– Los integrantes de las mesas electorales que se abstengan de concurrir al lugar para la instalación de éstas, sin justificación válida.
Delitos Electorales con Sanción: 5.000 a 7.000 U.T
- A los medios de comunicación social que incurran en difusión de resultados antes del primer boletín oficial.
2. A los administradores de los medios de comunicación social que no difundan la propaganda electoral.
3. Los directores de los medios de comunicación social que difundan propaganda dentro de las cuarenta y ocho horas previas a las votaciones.
Otros Delitos Electorales
1. Pretender ejercer el sufragio por otra persona, ejercerlo por más de una vez o estar acompañado con la excepción de las analfabetas, invidentes y mayores de edad.
2. Pretender obligar que se ejerza el derecho al sufragio .
3.Consumo, expendio y venta de bebidas alcohólicas en los centros de votación.
4. Utilicen a sus empleados durante su tiempo de labores para que auxilien o voten por un candidato o partido político determinado.
5. El que coarte la libertad y secreto del voto de los ciudadanos.
6. Instalen, abran o cierren una Mesa o Centro fuera de lo establecido en las Leyes, Reglamentos o Decretos electorales.
7. Impidan violentamente la instalación, apertura o cierre de una Mesa.
8. Impedir el voto a los electores con discapacidad, aún cuando no conste en los datos del elector tal condición.
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