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¿Sabes cómo resolver los rollos legales para hacer efectiva tu herencia? Agarra dato aquí (+PASO A PASO)

Viernes, 12 de mayo de 2023 a las 03:00 pm
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Para hacer efectiva una herencia y tomar posesión de los bienes hay una serie de trámites a realizar ante el Seniat.

2001 consultó con abogados para conocer el procedimiento y requisitos.

El abogado Roberto Azuaje indicó para hacer efectiva una herencia, primero debe inscribirse la sucesión en el portal del Seniat, que emitirá un número de RIF.

Segundo, se deben tener al día y vigentes todos los documentos relativos a la sucesión: RIF de los herederos, partida de defunción del causante (deudo fallecido), partidas de nacimiento (hijos o hijas), partida de matrimonio (Cónyuge) o cualquier otro documento que demuestre su parentesco con el causante.

Constancia de residencia de los herederos, documentos de propiedad de los bienes muebles o inmuebles que constituyen la sucesión.

”Si los bienes provienen de una sucesión anterior, hay que presentar la declaración sucesoral anterior”, dijo.

Añadió que deben tenerse al día los documentos que avalen desgravámenes, como registro de vivienda principal.

Una vez que se tengan todos los documentos se hace la Declaración Sucesoral en la oficina de Seniat más cercana al domicilio.

Un funcionario chequeará y validará al momento de presentar la declaración.

Aclaró que los trámites “son gratuitos, pero hay gastos de fotocopias, reproducciones, expedición de partidas. El pago del impuesto, de generarse, es calculado por el funcionario”.

Destacó que una vez pagado, debe esperarse la expedición de la solvencia por parte del Seniat, para hacer efectiva la herencia”.

La abogada Vestalia Tovar indicó que cuando se abre la sucesión, es decir, cuando alguien fallece, la ley de Donaciones y Sucesiones de Ramos Conexos regula el tributo para cumplir con el requisito.

“Al fallecer el causante, los herederos tienen 180 días para solicitar la declaración sucesoral”, dijo.

Una vez que salga se consigna en el Seniat para solicitar la declaración patrimonial, es decir, de bienes activos y pasivos dejados en herencia.

Procedimiento. Tramitar el RiF de la sucesión ante el Seniat aportando original y copia de los requisitos que exige el ente tributario en carpeta marrón tamaño oficio.

El RIF de la sucesión debe ser registrado en la web del Seniat para hacer la declaración online.

Llevar el original y copia de planilla de inscripción emitida por el Seniat, Acta de defunción y cédula del causante, de los herederos o partida de nacimiento de menores.

Constancia de matrimonio o unión estable de hecho del causante. Constancia de residencia del causante emitida por Alcaldía, Registro Civil, Consejo Comunal. RIF vigente de los herederos.

Paso 2. Tramitar la declaración sucesoral en línea cargando los datos de la sucesión como CI del causante y herederos, propiedades, pasivos.

Presentar dos copias de la Declaración Sucesoral con anexos. En caso de declarar vivienda principal, debe coincidir la dirección del título de propiedad con el RIF de la declaración sucesoral, con RIF del Causante, y del representante legal.

Paso 3. Una vez hecha la declaración Sucesoral en línea se deben presentar los recaudos en físico en el Seniat, según terminal del RIF de Sucesión.

Paso 4. Recibir del Seniat la solvencia sucesoral.

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