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¡SAQUE CUENTAS! Aprenda a calcular las utilidades

Sabado, 21 de octubre de 2023 a las 08:00 am
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Se acerca el fin de año y en esta temporada es usual el pago de utilidades por parte de las empresas públicas y privadas del país.

Según el portal especializado en materia laboral, Nayma Consultores, conformado por profesionales del estado Carabobo, las utilidades son “el pago que se otorga a los trabajadores en reconocimiento a la contribución de ganancias y beneficios de la empresa”.

La página web refiere que los recursos para el abono de este beneficio a los trabajadores equivalen al 15 % del total de ingresos obtenidos por la empresa en un año fiscal.

Por su parte, el abogado Wilmer Barrios, abogados laboral, informó que, en el caso de organizaciones sin fines de lucro (fundaciones, condominios, escuelas públicas) no se habla de utilidades, pues este tipo de empresas no generan beneficios económicos.

Pese a esto, la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, en el artículo 132, establece que estas instituciones reciben lo que se denomina bonificación de fin de año.

¿Cuánto es el mínimo y el máximo?

Barrios comentó que el monto mínimo que se le debe asignar a cada trabajador por pago de utilidades equivaldrá a el salario de treinta días. Igualmente, comentó que el depósito de este beneficio suele hacerse durante la última quincena de noviembre o la primera de diciembre.

En entrevista concedida al programa Actualidad Laboral, el jurista comentó que las empresas, luego del cierre del año fiscal, tienen un lapso de hasta 60 días para hacer el cálculo de las utilidades y distribuirla entre los trabajadores.

“El cálculo de las utilidades es bastante sencillo. Se saca cuanto es el total devengado de cada uno de los trabajadores por concepto de salarios básico, bono vacacional, horas extras y bono nocturno. Eso dependerá de la conformación salarial de la persona.

Todo eso se suma y se le calcula el porcentaje que equivale a la cantidad de días garantizados por el patrono. Es decir, si la empresa aseguró 120 días, esos días equivalen a 33,3 %. Ese porcentaje se le aplica al total devengado y es lo que le corresponde al trabajador por concepto de utilidades” apuntó Barrios.

El letrado destacó que La ley establece un cálculo similar. En este caso se toma en cuenta el total de utilidades generados por la empresa, entre el total devengado por todos los trabajadores.

El especialista en leyes declaró que en Venezuela la norma laboral, en su artículo 131, establece un pago máximo de 120 días o cuatro meses de salario.

¿Qué hacer con las utilidades?

Respecto a qué hacer con las utilidades, el economista Rudi Cressa señaló que en primer lugar se debe generar un fondo de emergencias e imprevistos en moneda dura.

Luego, se pudiese invertir parte de ese dinero en algún negocio o pequeño emprendimiento que genere ingresos adicionales. También se puede usar el dinero en instrumentos financieros como acciones, bonos, entre otros, detalló.

Como recomendaciones, se debe ser responsable y organizado con la planificación y en control de las finanzas personales. También aplicar las prácticas sencillas mencionadas (presupuesto y priorización de gastos).

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Trabajadores Públicos

El pasado 10 de octubre, el Gobierno realizó la asignación del primer mes de aguinaldos a los trabajadores de las empresas estatales.

Extraoficialmente, se conoció que para el 15 de noviembre se haría el pago del segundo mes; el 30 de noviembre el tercero y el 15 de diciembre el cuarto.

Asimismo, se conoció que habrá un bono especial navideño para los empleados de este sector, el cual se abonará el 23 de diciembre.

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