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Este viernes 8 de febrero, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en exilió autorizó la coalición militar internacional en misión de paz para lograr la ayuda humanitaria.
Con ponencia de la Magistrada Elenis del Valle Rodríguez Martínez mediante medida cautelar de emergencia, declaró la urgente apertura de un canal internacional de ayuda humanitaria para atender al pueblo de Venezuela.
La Sala Constitucional exhortó al presidente de la Asamblea Nacional (AN), Juan Guaidó “para que continúen realizando todas las acciones y utilicen los recursos materiales y humanos necesarios, en el cumplimiento cabal de la Constitución, los Tratados, Pactos y Convenios Internacionales, y lograr instrumentar inmediatamente, sin dilación alguna y de forma prioritaria la apertura de un Canal Internacional de Ayuda Humanitaria para Venezuela”
Además de eso se destaca la necesaria intervención humanitaria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); la Organización de Estados Americanos (OEA); la Organización Mundial de la Salud (OMS); la Cruz Roja Internacional; Parlamento Europeo; Banco Mundial; Fondo Monetario Internacional; Mercosur; Unasur; Grupo de Cancilleres que firman la Declaración de Lima, de conformidad con lo previsto en los artículos 22, 23 y 31 del Capítulo de los Derechos Humanos y Garantías previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás disposiciones aplicables y previstas en el Derecho Internacional Público, y en los Tratados, Pactos y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.
A continuación documento completo
2019-02-08
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