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Venezolanos en el exterior deben pagar el ISLR

Viernes, 30 de enero de 2015 a las 07:30 pm
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Paola Ñáñez (@PaolaGNanez)

2001.com.ve

Para la legislación tributaria nacional, todo ciudadano venezolano, salvo que pruebe lo contrario es considerado residente fiscal y en consecuencia, debe cumplir con su declaración definitiva de rentas hasta el 31 de marzo de cada año.

Es por esto que José David Cabello, Superintendente Nacional Aduanero y Tributario afirmó que aunque el ciudadano venezolano se encuentre en el exterior no está exento de declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta.

Sin embargo, el ciudadano venezolano que se encuentre en el exterior perdería la residencia fiscal del país, si permanece fuera de Venezuela más de 183 días y adicionalmente, acredita ante el SENIAT, a petición del mismo, el certificado de residencia fiscal expedido por la Administración Tributaria del país donde vive actualmente.

Asímismo, se considerarán domiciliados en Venezuela para efectos tributarios, los venezolanos que desempeñen en el exterior funciones de representación o cargos oficiales de la República, de los estados, de los municipios o de las entidades funcionalmente descentralizadas, y que perciban remuneración de cualquiera de estos entes públicos.

Refirió la máxima autoridad del SENIAT que el artículo 1 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISLR) establece que “Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en dicha Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país.”

“En el caso contrario, si un ciudadano extranjero, con residencia fiscal de otra nación y con base fija o no en el país, que obtenga enriquecimientos gravables en Venezuela, tendrá que tributar por esa renta”, indicó Cabello Rondón.

Nota de prensa