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¿Ya sabes qué estipula el Código 8 del CNE sobre los candidatos inhabilitados? Entérate

Viernes, 30 de junio de 2023 a las 05:50 pm
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La pregunta recurrente hasta hace algunos días, era la siguiente: ¿María Corina Machado está inhabilitada? Y aunque la información pública es que la inhabilitación en su contra culminó, la Contraloría General de la República dictaminó que ese estatus continúa, pero no solo se mantiene; sino que se ha extendido por 15 años.

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Por lo que en los actuales momentos, tal como el pasado reciente, Machado no puede inscribirse en el Consejo Nacional Electoral (CNE) para una eventuales presidenciales en 2024.

El Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) del CNE impide que los ciudadanos con objeciones o inhabilitados por la Contraloría General de la República (CGR) puedan postularse a cargos de elección.

"Una práctica que comenzó en 2006 cuando se conoció la llamada Lista Russian", así lo explicó en su Twitter el periodista Eugenio Martínez, comunicador especializado en procesos electorales.

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Códigos 7 y 8: Inhabilitados

Desde el año 1973 el CNE —en aquel entonces llamado Consejo Supremo Electoral— utiliza una tabla de objeciones para conocer el estatus legal de los ciudadanos para precisar si pesa sobre ellos una sentencia judicial definitivamente firme que limite sus derechos políticos.

A partir de la aparición de la Lista Russian en 2006 el CNE amplió la categoría “inhabilitado político”, para construir tres nuevas clasificaciones:

«inhabilitado político, inhabilitado para ejercer funciones públicas e inhabilitado por interdicción civil».

Por esta razón (y en contra de la Ley) la tabla de objeciones del CNE incluye dos tipos de sanciones: «inhabilitado político, identificado en la tabla de objeciones con el código 7 y el inhabilitado administrativo, identificado con el código 8».

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La diferencia entre estas dos categorías es que los ciudadanos catalogados con el “Código 8”, aunque no pueden inscribirse como candidatos, pueden ejercer el derecho al voto.

Ningún ciudadano que sea catalogado con el código 7 o con el código 8 podrá postularse a cargos.

«Los ciudadanos que tienen el Código 7 no pueden votar, ni ser elegidos; sin embargo quienes tienen el Código 8 se les permite votar, pero no postularse (aunque hay varias sentencia de la Corte Interamericana de DDHH que resaltan la ilegalidad de esta posición)», destaca Martínez.

Aún así, María Corina Machado aún tiene en el CNE una restricción conocida como Código 8, pues la Contraloría no había informado al CNE sobre el vencimiento de la inhabilitación.

De esta manera, aún queriendo competir, el Sistema del CNE rechaza a María Corina Machado porque aparece con el Código 8, que se impone a las personas con restricción, a postularse a cargos de elección popular.

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