Viernes 22 de Noviembre - 2024
VENEZUELA
Escoge tu edición de 2001online.com favorita
Venezuela
América

¿Cómo hago para desheredar a mi hijo?

Miércoles, 12 de abril de 2023 a las 04:50 pm
Suscríbete a nuestros canales

La idea de desheredar:

¿Cómo se concreta en la legislación venezolana?

…//…

En tiempos recientes, hemos visto con preocupación en nuestra sociedad los antivalores que reinan en los hogares venezolanos; donde mayormente el factor económico ha sido el detonante para la descomposición social que existe en Venezuela.

Además de eso, el mal moral ha traído como consecuencia la falta de afecto, sentimientos y comunicación permanente entre los padres a los hijos o viceversa.

Ahora bien, el Código Civil de 1982 señala que las personas que no pueden suceder son declaradas indignas, que para el Diccionario de la Lengua Española significa:

“Que no tiene mérito ni disposición para algo”.

Esta definición la encuadramos dentro del Derecho Sucesoral, cuando una persona legitimada o heredera no tiene derecho a heredar por causas imputables a su acción.

El artículo 810 del Código Civil dispone:

“1º El que voluntariamente haya perpetrado o intentado perpetrar un delito, así como sus cómplices, que merezca cuando menos pena de prisión que exceda de seis meses, en la persona de cuya sucesión se trate, en la de su cónyuge, descendiente, ascendiente o hermano”.

La idea de desheredar

El legislador Civil regula la conducta antijurídica de los hijos a los padres, por ejemplo: si un hijo adolescente o mayor de edad comienza a discutir con su papá y le genera lesiones graves, que a su vez le producen una discapacidad permanente que lo imposibilita realizar sus actividades rutinarias.

A causa de esa situación antijurídica, el hijo fue condenado por un Tribunal de Juicio Penal a prisión por un año. Vale decir, que con el tiempo el papá fallece y la mamá decide desheredar a su hijo, siendo legal para hacerlo la vía judicial de la acción civil.

Se inicia la sucesión a partir del fallecimiento del padre, por lo que la esposa puede incoar una demanda mero declarativa de indignidad ante un Tribunal de Primera Instancia de lo Civil, donde comienza la sucesión para solicitar que su hijo sea declarado indigno; siempre y cuando cumpla con los requisitos, a saber:

Pasos para desheredar

1) Que exista una sentencia condenatoria penal mínimo de seis (6) meses hacia adelante, puede ser sobre los delitos de lesiones personales u homicidio (parricidio).

2) Que la madre haya ingresado a un centro de rehabilitación a la persona indigna.

3) Declaración Sucesoral del de cujus. 4) Partida de nacimiento de la persona a ser declarado indigno.

Una vez que el Tribunal de Primera Instancia de lo Civil sentencia el mero declarativo de indignidad en contra del heredero inmediatamente queda excluido de la masa hereditaria de su padre; es decir, no le corresponde ninguna alícuota como hijo por ser declarado indigno.

Hijos malagradecidos

Otro caso muy común, que opera este procedimiento, es cuando usted como hijo le incumba la obligación de prestar alimentos a sus padres en vida y si se niega a satisfacerlo y tiene los medios económicos para hacerlo y no lo hizo, también puede ser declarado indigno y es totalmente legal.

@VestaliaTovarM / Abogada constitucionalista

Pueden leer más artículos de Vestalia Tovar en nuestra sección de OPINIÓN.

Sigue nuestro canal en Telegram https://t.me/Diario2001Online