Hoy hablaremos sobre las interpretaciones condominiales.
Para nadie es un secreto la difícil situación económica que hemos vivido en Venezuela los últimos años.
Esta situación económica ha afectado a todos los sectores, y en particular a todos los que hacen vida en inmuebles regidos bajo la LPH.
Esta situación económica afecta a los condominios ya que todos los costos de mantenimiento han subido y para muchas personas se ha hecho muy cuesta arriba el poder mantenerse al día con los recibos de pago.
Esto trae como consecuencia que la morosidad aumenta, lo cual a su vez ya se convierte en una situación jurídica que debe ser atendida.
La morosidad en las interpretaciones condominiales
En nuestra opinión más allá del problema jurídico de la morosidad esto ha traído otras consecuencias importantes.
Estas otras consecuencias, son por ejemplo la “creatividad jurídica” que ha surgido en las partes actoras de un condominio.
Por ejemplo, existen JDC y administradoras que se crean, se inventan, sanciones, faltas y multas a los morosos.
No decimos que esto esté mal; deberían existir, pero debe estar regulado; debe estar en la ley.
Debemos aclarar, que no defendemos a los morosos, pero, existen situaciones que pueden justificar la falta de pago de un copropietario ya que se le ha causado un daño, y éste debe ser resarcido.
En tiempo recientes, hemos visto reclamos, denuncias y hasta demandas, con un nivel de creatividad impresionante. Lo cual, trae como consecuencia mayor confusión, mayores problemas para los condominios.
Hemos visto interpretaciones absurdas y forzadas, tanto de la ley, como del documento de condominio.
En nuestra opinión, es imperativo la creación de algún tipo de superintendencia de condominios, que provea algún tipo de ayuda y apoyo extrajudicial a las personas que hacen vida en los condominios.
Esta debería ser una instancia que sea más expedita y más económica, en comparación a asistir a un tribunal.
La Superintendencia para la protección de los derechos socio económicos (SUNDDE), hace un buen trabajo, pero consideramos que se ha tergiversado o abusado de sus funciones.
La SUNDDE no es un ente competente para analizar la legalidad de un documento de condominio, y mucho menos para pretender cambiarlo.
Pero una persona, introduce una denuncia por algo así, y el ente, la procesa y se pronuncia al respecto; normalmente, de manera errónea, en nuestra experiencia.
Es práctica común la creación de “comisiones” para “resolver” algún problema en el condominio. Pero esto no está regulado en la ley, por lo cual, después es cualquier arbitrariedad; y no se tiene claro para qué funciona, cuánto dura, etc.
Otro invento creativo, es el proceso para la elección de la JDC. Todavía hay personas que creen que el proceso, es un proceso electoral regido por el Consejo Nacional Electoral (CNE), hasta con planchas.
Todas estas interpretaciones e inventos, lo que hacen es perjudicar la vida en los condominios. Esto crea mayor tensión en la comunidad.
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(Daniel Natale es abogado especializado en condominios e inmuebles)
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