El pasado 4 de agosto tuvimos la oportunidad de realizar un nuevo taller en el Ilustre Colegio de Abogados de Caracas.
El tema tratado fue la morosidad en los condóminos, la cobranza extrajudicial y judicial.
Como siempre, hemos promovido este tipo de actividades académicas y de formación.
La importancia de la formación académica
Son de gran ayuda para las comunidades ya que con estas formaciones se pueden evitar muchos problemas.
Y, cuando inevitablemente, se presente el problema, se van a tener los conocimientos para poder enfrentarlo y buscar la solución adecuada.
Hablando de conocimientos, vemos que sigue habiendo mucha confusión en cuanto a las cobranzas en los condominios.
¿Quién es moroso?, ¿Cómo ejerzo la cobranza?, ¿Cuánto puedo cobrar?, entre otras dudas.
Existe por un lado, la cobranza extrajudicial, y posteriormente, la cobranza judicial, que sería ante un tribunal de la República de Venezuela.
Pero, para llegar cualquiera de estas modalidades de cobranzas, se necesita imperativamente, cubrir ciertos requerimientos previos, los cuales, lamentablemente, rara vez vemos que se hayan cumplido.
Cuando aparece la improvisación
En muchas oportunidades, nos llaman para decirnos “Dr. Rapidito, para iniciar la cobranza a la brevedad posible”.
No se dan cuenta de la existencia de estos, varios pasos previos como por ejemplo, autorizaciones, libros, poderes, actas, entre otros.
Todos estos requisitos, son esenciales, fáciles de realizar, pero, obviamente, requieren de tiempo y disposición.
En muchas ocasiones, esto, retrasa o hasta detiene por completo, el proceso de cobranza.
A todos estos requisitos, se le debe sumar, en muchas ocasiones, la carencia de las planillas de liquidación, o existen, pero muy mal hechos.
Ya que mencionamos la planilla de liquidación, aquí debemos mencionar, una de las mas grandes confusiones que hay, y es el hecho de poder o no dolarizar, la planilla de liquidación.
Lamentablemente, todavía existe mucha confusión con respecto a la cobranza en divisas de las planillas de liquidación.
Existe jurisprudencia al respecto, que lamentablemente, cada quien ha interpretado a su manera y a su conveniencia.
Estos requisitos y formalidades dependerán en mayor y menor grado, en el hecho del tipo de cobranza que va a realizar, entiéndase, cobranza extrajudicial o judicial.
Hay elementos en común que comparten ambas cobranzas.
Lo importante, es que cualquiera que sea la cobranza que usted vaya a realizar, asegúrese de realizarla apegada a derecho, ya que de lo contrario, le estará dando herramientas y defensas al moroso.
La formación académica en el tema de los condominios
Para finalizar, deseamos agradecer al Ilustre Colegio de Abogados de Caracas por la oportunidad de haber dictado el taller de las cobranzas en los condóminos, a su directiva y coordinador académico; y muy particularmente, a todos los asistentes que demostraron su interés en la materia.
Nos pueden enviar sus dudas o comentarios a: [email protected]
Recuerden, con @NataleLegal seguimos en contacto
(Daniel Natale es abogado especializado en condominios e inmuebles)
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