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La madre puede solicitar el ejercicio unilateral de la patria potestad

Viernes, 02 de diciembre de 2022 a las 12:27 pm
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La institución del ejercicio unilateral de la patria potestad nace en el artículo 262 del Código Civil, ante la ausencia de un texto expreso que establezca el procedimiento a seguir.

Sin embargo, el artículo 347 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes señala los deberes y derechos del padre y de la madre en relación con los hijos e hijas que no hayan alcanzado la mayoría con respecto al desarrollo y crecimiento del niño.

Las causales de ley

Son causas de privación de la patria potestad:

a) Maltrato físico, mental o moral, esta causal es aplicable cuando la mamá denuncia ante las autoridades correspondientes el maltrato y una vez que salga la sentencia judicial podrá solicitar la privación de la patria potestad;

b) Corrupción o prostitución, cuando la mamá o el papá indujeron al niño a realizar actos sexuales para lucrarse o beneficiarse,

c) Abuso sexual o exposición a la explotación sexual, es cuando el papá o la mamá permiten que un familiar cercano o ajeno abuse sexualmente del niño sin su consentimiento o cuando lo explotan sexualmente a través de pornografía;

d) Dependencia a sustancias alcohólicas, estupefacientes;

e) Condenatoria por hechos punibles cometidos contra el hijo o hija;

f) Declaración de interdicción,

g) Negativa a prestar la obligación de manutención, h) Incitación al suicidio.

Recurrir a tribunales

Es importante señalar que la solicitud del ejercicio de la patria potestad solo es procedente cuando una madre solicita ante un Tribunal de Instancia de Protección en contra del padre ausente o que haya incurrido en las causales de privación de patria potestad, señaladas en el párrafo anterior.

Es decir, no opera en abuelos, tíos o hermanos del menor; puesto que sería un acto ilegal e inconstitucional por estar inmerso el orden público.

En casos donde el padre decidió domiciliarse en el extranjero y no tiene contacto con el niño, es un padre no proveedor y ausente; por lo que la madre podrá solicitar ante un Tribunal de Instancia de Protección la privación de la patria potestad por la ausencia del padre absoluta.

Paternidad incumplida

Otro caso, es el padre que no cumple con la obligación de manutención que forma parte del crecimiento del desarrollo del menor, aquí podrá solicitar ante un Tribunal de Instancia de Protección la privación de la patria potestad.

La recomendación es que de mutuo acuerdo, el padre que decida domiciliarse en el extranjero exponga -ante el Consejo de Protección de la jurisdicción de su domicilio- que está de acuerdo en otorgarle la patria potestad a la madre en nuestro país; para los asuntos relacionados con documentos de identidad, educación, salud y recreación.

Así, se garantiza el interés superior del niño, luego solicitar ante un Tribunal de Protección la homologación por jurisdicción voluntaria para su procedencia e ilegalidad.

Esta afirmación fue sostenida por la Sala Constitucional del TSJ, en jurisprudencia Nro. 0410, Exp.: 17-309, fecha 17 de mayo de 2018.

@VestaliaTovarM / Abogada constitucionalista

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