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La rendición de cuentas en los condominios | Parte II

Martes, 21 de noviembre de 2023 a las 06:15 am
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En la entrega pasada estuvimos conversando sobre la rendición de cuentas en los condominios.

Hemos recibido muchos comentarios dudas y preguntas al respecto, es por eso que dedicamos esta entrega a aclarar, brevemente algunos de sus dudas.

La rendición de cuentas es una obligación que tienen todos los administradores para con su contratante, que normalmente es la comunidad de copropietarios.

Esa rendición de cuentas, puede llegar a ser exigida a través de un tribunal, es decir, vía judicial.

La rendición de cuentas en los condominios

Debido a la seriedad e importancia de la rendición de cuentas y de sus posibles consecuencias, se recomienda ampliamente poseer un contrato de administración, en el cual se especifique, claramente, el alcance de la rendición de cuentas y las obligaciones del administrador.

Si no hay un contrato – que lamentablemente, es lo más común – entre las partes, existe la ley, en la cual se especifica las obligaciones y responsabilidades que tiene el administrador.

Lamentablemente, muchos administradores, sobre todo, personas naturales, no tienen el conocimiento suficiente sobre estas responsabilidades. Y esto, los expone más fácilmente a ser demandados a título personal durante el ejercicio de sus funciones.

La correcta convocatoria a la asamblea

Para empezar, muchas no saben si quiera convocar una asamblea adecuadamente, o cómo es el procedimiento para la elección de una junta de condominio.

Cualquier copropietario tiene el derecho de exigir una rendición de cuentas en cualquier momento.

Así como cualquier copropietario tiene el derecho de ver y tener acceso al libro de actas de junta de condominio y/o de asamblea de copropietarios.

Ese libro de actas, es un bien común de la comunidad, y todo copropietario tiene derecho a verlo en cualquier momento. La administradora está obligada a mostrarlo a cualquier copropietario que lo pida.

Si hay manera de exigirle a los administrados. Muchas de ellas creen, que pueden hacer lo que quieran, hasta que se ven envueltas en una demanda y aprenden de una manera muy difícil, en lo que consiste  su trabajo y obligaciones para con los copropietarios.

El rol de la administradora

Muchas administradoras, sobre todo, las personas naturales, deben aprender sobre las obligaciones que tienen frente a su mandante, que es la comunidad.

Cualquier copropietario, incluso, aquellos que no la eligieron, tienen el derecho de pedirle algo; y ante esa solicitud, la administradora está en la obligación de atender y responder esa solicitud.

Algunas administradoras, creen que ignorando o no respondiendo a las solicitudes, solucionan algo; cuando en realidad, es todo lo contrario.

La ley exige una garantía del ejercicio de la administradora, lo cual rara vez es visto.

Son muchas las fallas y abusos de algunas administradoras, y no tienen idea de lo malas que son hasta que algún copropietario les exige judicialmente sus obligaciones.

Nos pueden enviar sus dudas o comentarios a: [email protected]

Recuerden, con @NataleLegal seguimos en contacto

(Daniel Natale es abogado especializado en condominios e inmuebles)

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