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Prescripción de la venta condición pacto retracto

Sabado, 07 de octubre de 2023 a las 08:25 am
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En la legislación civil de Venezuela, en una de las modalidades de venta existe la condición “pacto retracto”, considerada como una condición resolutoria por medio de un contrato de préstamo.

Cuando se habla de un contrato de venta con condición pacto retracto, es muy distinto a la venta pura y simple e irrevocable, opción a compraventa preliminar unilateral, opción a compraventa preliminar bilateral u opción a compraventa con promesa bilateral o reserva.

La venta no definitiva

Estas tres últimas ventas no son definitivas bajo términos y condiciones, o plazo de duración para el perfeccionamiento de la venta.

En el contenido del contrato de venta pacto retracto es importante señalar que las cláusulas civiles en forma expresa deben estar ajustadas a derecho, ya que al momento de realizar la venta ambas partes señalan el lapso de prescripción pactado.

Este lapso no puede exceder de cinco años, a partir de la firma del contrato para que se libere el bien inmueble.

Una vez realizado el pago del pacto retracto por la persona que solicitó el préstamo por una cantidad determinada, como garantía real ofrece un bien inmueble, léase: apartamento, casa, terreno, finca.

El pacto retracto

Para ser sometido una venta pacto retracto, su apartamento o cualquier bien inmueble ya descrito, no le pertenece hasta que quien solicitó el préstamo lo cancele.

Es tipo de contrato con condición pacto retracto es muy delicado jurídicamente en Venezuela.

Se han dado casos como, por ejemplo, si usted tiene un apartamento donde habita y decide solicitar un préstamo a un particular y esté le informa que requiere una garantía real y que prefiere realizar una venta de ese apartamento con condición pacto retrato, estipulando solo seis meses a partir de la firma del contrato para que cancele el préstamo solicitado al prestamista.

El derecho del prestamista

Si usted no cancela el préstamo en ese plazo, el apartamento corresponderá por derecho al prestamista como titular de esa propiedad.

La recomendación para evitar este tipo de escenario es señalar en el contenido del documento el máximo de la prescripción, que es de cinco años; tal como se desprende del artículo 1535 del Código Civil.

En el caso en que usted no puede cancelar durante el plazo de los seis meses, deberá solicitar una prórroga al prestamista en forma expresa y una vez cancelado, tiene cinco años para solicitar el rescate de ese apartamento a través del cumplimiento del contrato ante un Tribunal Civil; en caso de la negativa del prestamista de hacer entrega formal de su bien inmueble.

El rescate judicial

Ahora bien, si usted solicita el rescate mediante esa acción judicial pasado los cinco años, pierde el apartamento a pesar de ser cancelado el préstamo dentro del plazo de los seis meses estipulado por las partes en el contenido del contrato de venta pacto retracto, por ser un derecho personal y no real.

Esta afirmación es sostenida mediante reciente criterio jurisprudencial del máximo juzgado del país en Venezuela, por su Sala de Casación Civil, jurisprudencia número 282, Exp. 2023-000020, de fecha 26 de mayo de 2023; donde se señala que la venta pacto retracto es de cinco años por ser personal, tal como lo dispone el artículo 1.535 del Código Civil venezolano y dejando muy claro que no son bienes reales.

@VestaliaTovarM / Abogada constitucionalista

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