Aquí estamos de nuevo, felices de nuevamente entrar en contacto con todos ustedes.
¡Muchas felicidades para el año 2023! Pero sobre todo, mucha salud; con salud, se resuelve el resto.
Para este año tenemos preparadas varias actividades las cuales, les estaremos informando oportunamente.
Por los momentos, les repetimos lo que siempre hemos expresado, hay que formarse y prepararse; esa es la mejor manera para poder evitar conflictos en los inmuebles regidos bajo LPH.
Uno de los momentos fundamentales en la vida de todo inmueble regido bajo LPH, es la celebración de una asamblea, bien sea ordinara o extraordinaria.
En esta asamblea, se deciden puntos o temas de importancia para esa comunidad. Estos temas, son temas que la propia ley exige sean discutidos y aprobados por la asamblea de copropietarios para que tengan validez.
De ahí, la importancia de celebrar las asambleas de forma correcta, y apegada a la ley. Uno de esos elementos fundamentales para la validez, es la convocatoria.
En esa convocatoria se menciona el tipo de asamblea que es, la fecha, el lugar, la hora, y los puntos a tratar. Estos puntos a tratar, son fundamentales en toda asamblea, de cualquier tipo.
Ahora bien, nos sorprende como todavía se discute sobre esos temas a tratar. Increíblemente, todavía hay personas queriendo poner “puntos varios” en las convocatorias.
La semana pasada estábamos conversando con una administradora que nos decía que la JDC del edificio pidió que se pusiera puntos varios como último punto de la agenda.
La administradora, como debe ser, le respondió que no; que no es correcto, que es ilegal. La persona de la JDC le dijo que así lo quería la JDC, y además ahí hay un abogado que dijo que eso era válido.
Pues, por este medio, lo repetimos nuevamente: “Puntos Varios” es totalmente nulo en una convocatoria de asamblea, bien sea ordinaria o extraordinaria.
Esto, por cierto, no sólo le decimos nosotros; lo dice la ley, y reiterada jurisprudencia al respecto.
Lo peor de esta anécdota, es que la JDC quiere, que en ese puntos varios, hablen sobre la situación del vigilante. Entonces, si ese es el caso, pongan directamente:
Punto X. Situación actual sobre el personal de seguridad (vigilante).
Eso solucionaría el problema.
La administradora les explicó, que ella no va a convocar algo que es ilegal; algo que se sabe de antemano que puede ser impugnado, y esto prosperaría de ser así.
A esta altura, se presenta otro problema, que será tema de discusión en otra entrega; y es ¿qué tanto debe la administradora obedecer y actuar en base a las instrucciones dadas por la JDC o por la asamblea de copropietarios?
En el caso de hoy, después de la negativa de la administradora a incluir los “puntos varios”, la JDC decidió escuchar la sugerencia y no fueron incluidos.
Todos los puntos a discutir en cualquier asamblea, deben ser clara y expresamente enunciados, y no pueden ser tratados otros puntos fuera de estos. Al menos, esa discusión de esos otros puntos, no sería vinculante.
Hay que prepararse para evitar este tipo de situaciones, que puede traer problemas innecesarios.
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(Daniel Natale es abogado especializado en condominios e inmuebles)
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