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Alcaldía de Baruta refuerza control sobre motorizados: las multas van desde las 15UT a 30UT

Estas medidas buscan promover un tránsito más seguro y ordenado en el municipio Baruta, así asegura la entidad

Sabado, 15 de marzo de 2025 a las 12:51 pm
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La Alcaldía de Baruta, junto con la Superintendencia de Tránsito Municipal y la Policía de Baruta (Polibaruta), ha implementado nuevas medidas para regular la circulación de motorizados en el municipio.

Estas disposiciones forman parte de la reforma parcial de la Ordenanza sobre Tránsito y Circulación, publicada en la Gaceta Municipal Número Extraordinario 018-01/2025.

Es importante recordar que el Municipio Baruta comprende las zonas de:  Las Mercedes, El Cafetal, Las Minas, Prados del Este, Manzanares, Santa Fe, Bello Monte y Cumbres de Curumo.

Según información difundida a través de la cuenta oficial de Instagram de Polibaruta (@polibarutaoficial) y de la Alcaldía de Baruta, las nuevas normativas tienen como objetivo mejorar la seguridad vial, proteger a los peatones y garantizar un ordenamiento más eficiente del tránsito.

¿Cuáles son las prohibiciones para motorizados?

  • Está prohibido transportar a niños menores de 10 años, mujeres embarazadas y adultos mayores de 60 años en motocicletas.  
  • No se permite circular entre canales o realizar maniobras zigzagueantes entre vehículos.  
  • Las motocicletas tipo motocross no pueden transitar por vías públicas del municipio.  
  • Se restringe el uso de luces que afecten la visibilidad de otros conductores.  
  • El horario permitido para circular es entre las 5:00 a.m. y las 11:00 p.m., salvo para organismos de seguridad.  

Estas son multas establecidas

La reforma también establece sanciones económicas significativas para quienes incumplan estas disposiciones:

  1. Transporte indebido de pasajeros (niños menores de 10 años, embarazadas o adultos mayores a 60 años): multa de 20 Unidades Tributarias (UT).  
  2. Circulación fuera del horario permitido: 15 UT.  
  3. Maniobras peligrosas como zigzagueo o cambio constante de canal: 25 UT.  
  4. Uso indebido de luces o motocicletas no autorizadas (motocross): 30 UT.  

Las empresas que operan con servicios de entrega a domicilio deberán registrar sus motocicletas ante la Dirección de Transporte y Vialidad del municipio cada seis meses, además de garantizar áreas privadas para carga y descarga.

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