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Así puedes registrar un vehículo importado en el INTT (+Requisitos)

Viernes, 02 de agosto de 2024 a las 03:30 pm
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El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), es un ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.

En este sentido, a este organismo tiene competencia en todo los aspectos referentes en materia de transporte terrestre, con personalidad jurídica, según lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

De esta manera, entre sus objetivos principales se encuentra, garantizar los servicios de desplazamiento terrestres, con el fin de impulsar dicho sector para su pleno desarrollo y utilización por todos los habitantes del país.

Por consiguiente, los ciudadanos quienes adquieran sus carros importados, deben realizar obligatoriamente la gestión para el otorgamiento del certificado de registro y asignación de placas a vehículos que fueron adquiridos fuera del país.

Requisitos para registrar un vehículo importado en el INTT

Régimen Ordinario:

  • Planilla Única de Trámite.
  • Presentar Cédula de Identidad laminada (Vigente).
  • Certi­ficado de Origen (Original).
  • Factura de Compra del Vehículo (Original).
  • Póliza de Responsabilidad Civil (Copia).
  • Constancia de Revisión del Vehículo Importado por parte de Reguardo Nacional (1era y 2da Revisión en Original o Copia Certifi­cada).
  • Planilla de Liquidación de Impuestos emitido por la aduana donde ingreso el vehículo (Original o Copia Certi­ficada).
  • Declaración Única de Aduanas (DUA).
  • Declaración Andina del Valor.
  • Conocimiento del Embarque (BL).
  • Constancia de Cumplimiento composición y ubicación del Número de Identi­ficación Vehicular (NIV).
  • Licencia de Importación Automotriz.
  • Homologación de Vehículos año de fabricación 2019 siete años hacia atrás.
  • Comprobante de medios de pago.

Sección de equipaje:

  • Consignar los mismos documentos del régimen ordinario y adicionalmente los siguientes recaudos y requisitos:
  • Certifi­cado de Uso (Emitido por el Consulado de Venezuela en el país de origen).
  • Ofi­cio de exoneración del impuesto, emitido por la Gerencia de Aduanas del SENIAT.
  • Fotocopia del pasaporte del propietario.
  • Declaración Jurada del Propietario.

Régimen de puerto libre:

  • Consignar los mismos documentos del régimen ordinario y adicionalmente los siguientes recaudos y requisitos:
  • Constancia de Residencia (Original).

En al ámbito diplomático:

  • Consignar los mismos documentos del régimen ordinario y adicionalmente los siguientes recaudos y requisitos:
  • Constancia de Residencia (Original).
  • Oficio de exoneración del impuesto, emitido por la Gerencia de Aduanas del SENIAT.
  • Franquicia Diplomática expedida por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores.
  • Facilidad Diplomática expedida por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores.

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