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Así puedes tramitar legalización o apostilla con validez internacional desde Argentina

Lunes, 15 de enero de 2024 a las 01:25 pm
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Tramitar documentos con validez internacional desde Argentina es un proceso abierto a todos los ciudadanos. El proceso puede hacerse a través de Internet según información de la Cancillería de Argentina.

La Cancillería de Argentina cuenta con un sistema que permite gestionar las apostillas y legalizaciones con validez internacional de manera completamente remota.

Estos documentos mantienen las exigencias de legalidad nacional e internacional en materia documental. El proceso se hace a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD): tramitesadistancia.gob.ar

Deberás generar un Expediente TAD para cada documento que quieras apostillar o legalizar, pagando para cada expediente una única tasa no reembolsable.

Los trámites se procesarán en días hábiles, hasta un máximo de 1300 solicitudes diarias. El tiempo promedio de resolución del trámite es de 30 días hábiles sujeto a demanda. No se sugiere iniciar solicitudes por TAD en días no hábiles.

¿Quiénes pueden hacerlo?

Pueden efectuar el trámite quienes cumplan con los siguientes requisitos:

Ser mayor de 18 años.

Contar con Clave Fiscal Nivel 2 o superior: AFIP – CLAVE FISCAL.

Tener cuenta bancaria en la Argentina asociada a la Clave Fiscal.

El trámite no es personal ni presencial, por lo tanto cualquier persona puede iniciar el trámite, aunque no sea el/la titular del documento a apostillar/legalización con validez internacional.

Se recomienda iniciar el trámite en días hábiles

¿Qué tipo de documentos se pueden procesar a través de TAD?

Documentos públicos emitidos por autoridad argentina u organismos argentinos, tanto en soporte electrónico con firma digital (siempre que cumpla con la cadena de firmas correspondiente) como en soporte papel con firma manuscrita (solo para aquellos casos en que el organismo emisor no tenga servicio de firma digital o ningún otro organismo superior pueda certificar de manera digital el documento)

Al iniciar el TAD, la persona identificada con su Clave Fiscal es quien firma con carácter de Declaración Jurada el formulario de solicitud digital (con aceptación de Términos y Condiciones), siendo responsable respecto de la validez y veracidad del documento sobre el que requiere la apostilla/legalización con validez internacional así como también de los datos suministrados.

Documentos NO válidos

Los documentos públicos emitidos por autoridades de otros países.

Los documentos emitidos por cónsules extranjeros acreditados en nuestro país, debiendo consultarse por correo electrónico a [email protected] en días hábiles en el horario de 9 a 17 hs.

Los documentos emitidos por cónsules argentinos en el exterior

Consideraciones

El costo del trámite es de 900 pesos. Con excepción de la Legalización con validez internacional (no Apostilla) de partidas de estado civil cuyo costo es de 300 pesos.

Podrían resultar también de aplicación otros aranceles en función de la modalidad de tramitación.

¿Cómo realizar el pago?

Al iniciar el trámite, la plataforma TAD genera un “volante electrónico de pago” (VEP), que se envía automáticamente a la cuenta bancaria que se tenga asociada a la Clave Fiscal.

La persona solicitante debe ingresar a su home banking y buscar y abonar el VEP. El VEP no se descarga.

NO corresponde la devolución de tasas por error o duplicidad en el pago. La aceptación de la solicitud de trámite efectuada vía TAD queda sujeta a la verificación de la Coordinación de Legalizaciones de la Cancillería Argentina y, en caso de rechazo, no habilitará reintegro de la tasa abonada (del pago realizado).

Aclaraciones

Previo a comenzar el trámite, ingresá a AFIP con tu Clave Fiscal y verificá si ésta tiene asociada una cuenta bancaria (CBU) de tu titularidad. En caso de no tener asociado su CBU, en el siguiente link podrá encontrar como realizarlo: ASOCIAR CBU

Si no tenés una cuenta bancaria argentina de tu titularidad relacionada a tu Clave Fiscal, deberás asociar alguna para poder completar el trámite (en el servicio “Declaración de CBU”). Si no sos titular, no podés asociar cualquier cuenta bancaria, ya que AFIP realiza el cotejo de titularidad con el número de CUIL.

El VEP no se descarga ni se imprime, sino que se vincula directamente a la cuenta bancaria que esté asociada a tu Clave Fiscal para que puedas pagarlo por home banking.

Se recomienda hacer el trámite en días hábiles.

Una vez abonado el VEP deberás aguardar al menos 72 horas hábiles hasta su confirmación. Aunque se visualice como pendiente de pago, diga “cancelado” o deje de visualizarse, NO vuelvas a pagarlo. Se sugiere no realizar múltiples ‘clicks’ al momento del pago, ya que eso puede generar múltiples cargos.

Pasadas esas 72 horas hábiles, se dará inicio al Expediente TAD con un tiempo promedio de resolución de 30 días hábiles.

Ante cualquier inconveniente con el pago, la persona interesada deberá realizar la carga de una incidencia/reclamo en el siguiente sitio web, para el que deberás crear un usuario y contraseña:

Tiempos de entrega

Los trámites iniciados vía TAD no tienen un plazo específico de resolución, ya que están sujetos al funcionamiento del sistema informático y al volumen de solicitudes. El plazo actual de resolución de los trámites es de alrededor de 30 días hábiles, desde la fecha de generación del expediente.

Debe tenerse presente que los plazos para la tramitación solo se inician cuando se confirma el pago del VEP y la plataforma TAD asigna un número de expediente.

El número de Expediente TAD tiene el formato “EX-2021-XXXXXXXX- -APN-DTC#MRE”, y puede visualizarse ingresando en la plataforma TAD, bajo la sección “Mis Trámites”.

Trámite concluído

Cuando el trámite esté finalizado y la Apostilla/Legalización sea emitida, recibirás una notificación en tu correo. Podés ingresar a la plataforma TAD y descargar el archivo que inicia con las letras CE. No es necesario realizar ningún otro paso ni verificar: la verificación es una instancia para la autoridad receptora.

La denominación del documento Apostillado/Legalizado que figura en el campo “Asunto” es de carácter genérico y no específico, indicando la naturaleza a la que el mismo pertenece (estado civil, educativo, notarial, entre otros).

Al descargar la Apostilla/Legalización, puede visualizarse el documento vinculado sobre el cual se formalizó la certificación: el archivo adjunto aparece al seleccionar el ícono en forma de clip, cuando se abre el archivo con ADOBE READER.

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