La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) emitió una nueva resolución para abrir cuentas en Venezuela.
Esta medida supone que baja al mínimo lo que se conoce como el "papeleo" para concretar este tipo de trámites en la banca nacional.
El objetivo es flexibilizar los procesos y beneficia tanto a venezolanos como extranjeros en el país.
Menos rollos para abrir cuentas
La cédula de identidad laminada y legible, vigente o vencida basta y sobra para abrir las cuentas llamadas de Tipo 1.
En caso de ser extranjero el pasaporte y especificar la dirección.
Las cuentas Tipo 1 son aquellas que pueden movilizar al mes hasta 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el BCV.
El monto equivale a Bs 27.342 cada 30 días.
Mover más plata
También existen las llamadas cuentas Tipo 2. Estas pueden movilizar más de 700 veces el tipo de cambio oficial más alto.
Contrario a lo anterior, pasan de los 27 mil 342 bolívares mensuales.
Para abrir cuentas de este tipo la entidad debe pedir:
- Cédula de identidad laminada legible del solicitante, vigente o vencida;
- Dirección del titular,
- Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) legible y vigente del titular.
- Si es extranjero: el pasaporte.
Tmbién debe consigrnar su certificación de Ingresos si trabaja por su cuenta y constancia de trabajo, cuando se trate de personas bajo dependencia laboral.
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