El propósito de viaje al territorio estadounidense determina las visas otorgadas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Ucsis) para la entrada legal de la persona.
Así como existen vidas para migrantes también las hay para quienes solo visitan el país de forma temporal.
El viaje previsto y otros hechos también determinarán qué tipo de visa se requiere según la ley de inmigración de los EE. UU. Cada visa tiene su código de identificación para conocer a qué categoría pertenece el solicitante. Este código viene en letras o letras y números.
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Como solicitante de una visa, deberá establecer que cumple con todos los requisitos para recibir la categoría que está solicitando.
Cuando presente su solicitud en una embajada o consulado de los EE. UU., un funcionario consular determinará, según las leyes, si es elegible para recibir el documento y, de ser así, qué categoría de visa es apropiada.
Visas para no migrantes
Atleta, aficionado o profesional (compitiendo únicamente por premios en metálico) – B-1
Au pair (visitante de intercambio) – j
Especialidad profesional australiana – E-3
Tarjeta de Paso Fronterizo: México – BCC
Visitante de negocios – B-1
Trabajador transitorio exclusivo de CNMI – CW-1
Miembro de la tripulación – D
Diplomático o funcionario de un gobierno extranjero – A
Empleado doméstico o niñera: debe acompañar a un empleador extranjero – B-1
Empleado de una organización internacional designada o de la OTAN – G1-G5, OTAN
Personal militar extranjero estacionado en los Estados Unidos – A-2, OTAN1-6
Nacional extranjero con habilidad extraordinaria en Ciencias, Artes, Educación, Negocios o Atletismo.- oh
Tratado de Libre Comercio (TLC) Profesional de Chile, Singapur – H-1B1-Chile, H-1B1 – Singapur
Visitante de intercambio cultural internacional – q
Transferencia dentro de la compañía – l
Tratamiento médico – B-2
Medios, periodista – I
Otras ocupaciones
Trabajador profesional del TLCAN: México, Canadá – TN/TD
Atleta, artista y animador. – PAG
Médico – J , H-1B
Profesor, erudito, docente (visitante de intercambio) – j
Trabajador religioso – R
Ocupaciones especializadas en campos que requieren conocimientos altamente especializados. – H-1B
Estudiante: académico, vocacional – F, M
Trabajador agrícola temporal – H-2A
Trabajador temporal que realiza otros servicios o trabajos de carácter temporal o estacional. – H-2B
Turismo, vacaciones, visitante de placer. – B-2
Capacitación en un programa que no es principalmente para el empleo. – H-3
Comerciante por tratado/inversionista por tratado – mi
Transitando por los Estados Unidos – C
Víctima de actividad criminal – Ud
Víctima de trata de personas – t
Visa de no inmigrante (V) para cónyuge e hijos de un residente permanente legal (LPR) – V
Importante
El listado no es la numeración completa de todos los propósitos de viaje para la categoría de visa.
Sin embargo , enumera casi todas las categorías de visas de no inmigrante, con excepción de varias que no figuran y que se usan en casos más específicos y poco comunes.
Los trabajadores profesionales canadienses del Tratado de Libre Comercio de las Antillas no se requieren visa; solo aplicar a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de EE. UU. en el puerto de entrada fronterizo.
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