Si un menor de edad extranero en España está bajo tratamiento médico y necesita extender el plazo de la residencia, el adulto responsable debe seguir estos pasos.
La permanencia en territorio español se otorga por un período de tiempo no superior a 90 días, sin perjuicio de lo dispuesto para los estudiantes.
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Transcurrido dicho tiempo, para permanecer en España será preciso obtener una prórroga de estancia o una autorización de residencia.
Es importante aclarar que la solicitud para menores bajo condición médica se presentará por la entidad o persona promotora del programa de desplazamiento ante la Oficina de Extranjería.
O, en su defecto, Comisaría de Policía, acompañando la siguiente documentación:
Requisitos
Pasaporte completo o documento identificativo del menor.
Programa de desplazamiento.
Documentación acreditativa de las razones excepcionales que justifiquen la prórroga.
Compromiso escrito de facilitar el regreso al país de origen de los menores.
Escrito de conocimiento de que la acogida del menor no tiene por objeto la adopción, en su caso.
Compromiso de que el regreso del menor no implica coste para el erario público, salvo que esté asumido expresa y previamente por la autoridad competente.
Informe favorable del órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia de protección de menores.
Autorización expresa de sus padres o tutores legales.
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