Si usted es ciudadano estadounidense y desea convertirse en patrocinador de algún familiar para que emigre a Estados Unidos sepa cuáles son los familiares aptos para ello.
La página del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (UCSIS) detalla como un ciudadano estadounidense puede reclamar a algunos miembros de su familia.
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Estos podrían recibir, de ser aceptado, una Tarjeta Verde, o Green Card, o una visa categoría K-3 o K-4.
Si el familiar desea naturalizarse u obtener prueba de su ciudadanía, se debe revisar la sección “Ciudadanía” en el portal UCSIS.
Familiares aptos
Cónyuge.
Hijos (solteros y menores de 21 años de edad).
Hijos e hijas (casados y/o de 21 años de edad o mayores).
Padres, si usted tiene 21 años de edad o más.
Hermanos, si usted tiene 21 años de edad o más.
Beneficio
Tarjeta Verde (Residencia Permanente; Green Card).
Familiares peticionables
Prometido(a) que reside fuera de Estados Unidos e hijos del prometido(a) menores de 21 años de edad.
Beneficio
Visa de Prometido(a).
Familiares peticionables por ciudadano promedio
Cónyuge.
Hijos de cónyuge (solteros y menores de 21 años de edad).
Beneficio
Visa de No-inmigranteK-3/K-4.
Otros familiares
Las categorías de preferencia aplican a familiares que no son familiares inmediatos Las visas asignadas a estas categorías están sujetas a las cantidades máximas reglamentarias anuales.
Una visa se tornará disponible para una categoría preferencial a base de la fecha de prioridad (la fecha en que presentó el Formulario I-130).
Preferencias
Primera preferencia: Hijo/a adulto (mayor de 21 años) soltero de un ciudadano estadounidense.
Segunda preferencia (2A): Cónyuge de un residente permanente (con Tarjeta Verde), hijos de solteros menores de 21 años de un residente permanente.
Segunda preferencia (2B): Hijo/a adulto/a y soltero de un residente permanente.
Tercera preferencia: Hijo/a casado de cualquier edad de un ciudadano estadounidense.
Cuarta Preferencia: Hermano/a de un ciudadano estadounidense adulto.
¿Y luego?
Si su familiar ya está en Estados Unidos legalmente, puede solicitar un ajuste de estatus para convertirse en un residente permanente legal (poseedor de Tarjeta Verde) cuando haya un número de visa disponible, y presentando el Formulario I-485.
Si su familiar se encuentra fuera de Estados Unidos, su petición se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC).
El NVC mandará su petición al consulado estadounidense apropiado, cuando haya una visa disponible y le informarán a su familiar lo que debe hacer. A este proceso se le conoce como “Tramitación consular”.
La categoría preferencial a la que pertenece su familiar determinará cuánto este tendrá que esperar para recibir un número de visa de inmigrante.
Una vez que haya presentado su petición, puede hacer un seguimiento de la misma en el enlace “El estatus de mi caso”. Si desea información sobre la disponibilidad de visas vaya al enlace “Boletín de visas”.
- Nota
Una petición de visa (Formulario I-130, o Formulario I-129F) sólo es utilizada para demostrar una relación familiar que califica. Una petición aprobada NO GARANTIZA ningún beneficio, únicamente crea un lugar en la lista de espera para la tramitación de la visa.
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