El Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) informó que solo se permitirá la venta y otorgamiento de poderes de carros a nombre del vendedor. Esta medida tiene como objetivo acabar con la práctica del traspaso que anteriormente se podía realizar.
El Saren señaló que solo tendrán validez aquellos poderes que fueron otorgados por la persona cuyo nombre figura en el Certificado de Registro del vehículo.
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El Saren toma medidas para evitar traspasos
La medida entró en vigencia el pasado 9 de enero con la finalidad de erradicar con el “hábito” del traspaso simple de carro.
A continuación te damos algunos tips que debes considerar a la hora de realizar el proceso.
-El comprador tiene un plazo de 30 días para realizar el traspaso del vehículo a su nombre. En caso de no hacerlo, se le impondrá una multa equivalente a tres unidades tributarias.
-El documento de compra-venta debe ser tramitado en una notaría.
-Luego se podrá solicitar el Certificado de Registro de Vehículo a nombre del nuevo titular.
-El Certificado se tramita por el portal INTT.GOB.VE del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
-Si el dueño del vehículo no se encuentra en el país, deberá enviar un poder notariado.
-En caso de fallecimiento del titular, serán los herederos quienes firmen con la declaración sucesoral emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
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