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MIÉRCOLES, 3 DE JULIO DE 2024
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Estos son los pasos para fundar una cooperativa en Venezuela (+REQUISITOS)

por Avatar Tibisay Maza
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Estos son los pasos para fundar una cooperativa en Venezuela (+REQUISITOS)
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Hay venezolanos que optan por fundar cooperativas a fin de salir de su zona de confort y adentrarse en nuevos retos que les permita ganarse la vida a través de su convicción, constancia y pasión.

Adentrarse en el mundo del comercio no es tarea sencilla, pero hay muchos más riesgos cuando se quiere dar ese salto en solitario, bien sea en la pérdida económica con malas inversiones o estragos contraproducentes en la salud a causa del estrés. Es aquí cuando las cooperativas dan propiedad al refrán popular “la unión hace la fuerza”.

No importa si se trata de la señora que vende empanadas en la esquina o el universitario más acreditado, puesto a que sus saberes y experiencias se convierten en una sola fuerza que amparan los intereses económicos y personales de todo aquel que inicia este viaje hacia la sustentabilidad financiera.

Requisitos

Desde luego, la estructuración de una cooperativa no es soplar y hacer botella, por ello, los venezolanos que quieran sentar las bases de su propio emprendimiento deben seguir los siguientes pasos:

Tal y como el nombre indica, una de las condiciones imprescindibles para conformar esta asociación comercial es reunir a un grupo de cinco personas o más en miras de saciar sus necesidades económicas, sociales o culturales, así lo refiere el portal de Conceptos Jurídicos.

Asimismo, las cooperativas deben asignar a su propia junta directiva y plasmar cuáles son sus objetivos comerciales a corto o largo plazo. De igual manera, deben trazar su misión y visión como emprendimiento en aras de captar a posibles clientes.

Posteriormente se tiene que establecer un fin social y económico que beneficie a todos los involucrados.

Es importante e indispensable que se consolide el nombre del proyecto o de la marca y estar anclado al vocablo “Cooperativa” para darse a conocer en el mercado, así como otros entes encargados en dar cumplimiento a los procesos regulares de los emprendimientos, compañías y otros negocios emergentes.

Por otra parte, hay que redactar el Estatuto Social que debe estar basado y sustanciado por los lineamientos que indican el artículo 13 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, esto permitirá que las cooperativas puedan trabajar por los canales regulares y haya flexibilidad en sus actividades comerciales.

Los pasos

Si los interesados tienen previsto personificar su marca o emprendimiento, es importante que se reserve el nombre del ente comercial con la solicitud de la planilla que dispone la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP), refirió la Red Actívate y Construye desde su plataforma web.

La institución está situada en el piso Mezanina, del edificio Fundacomunal y SUNACOOP de la Avenida Abraham Lincoln, urbanización Chacaíto.

En estas planillas se debe señalar los tres nombres alternativos u optativos de la cooperativa que, según la prioridad de la identificación del proyecto, deben estar ordenados del uno al tres. Todo esto tiene como objetivo que se certifique y garantice que no hay otro emprendimiento que ya esté registrado con la misma premisa.

Vale la pena aclarar que si el nombre está libre de patentes o derechos de autor, las cooperativas podrán pre-reservar la identificación de su marca por un lapso de 24 horas a través de un usuario registrado que provee la institución; no obstante, si las cooperativas no reservan en el tiempo estipulado corren el riesgo de que el sistema dispongan del nombre para otros emprendimientos, lo que implica repetir el procedimiento.

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Otras consideraciones

Posteriormente, se debe reservar y registrar el nombre del proyecto, además de procesar la información alusiva a la razón social de las cooperativas.

Es importante resaltar la ubicación geográfica, los asociados fundadores y la actividad económica. Una vez consolidada esta tarea, se descarga el documento de Reserva de Denominación, que tiene una vigencia de 90 días consecutivos desde su fecha de creación.

Antes del vencimiento de este plazo de 90 días, las cooperativas deben:

  • Redactar y crear los estatutos, que deben ser avalado por los integrantes de la cooperativa. Asimismo, hay que acotar la estructura organizativa, normas de funcionamiento y el aporte de cada miembro del proyecto.  
  • Registro del Acta Constitutiva, que al igual que el documento previo debe estar aprobado por cada miembro del emprendimiento. Igualmente, hay que registrarlo y adquirir la personalidad jurídica de la cooperativa con el Registro Público del Saren.
  • El RIF es indispensable para esta operación, al igual que la constancia de inscripción de la cooperativa, además de la constancia oficial de inscripción ante la SUNACOOP.

¿Cómo aplican las cooperativas?

La Red Actívate y Construye también exalta que estas propuestas pueden catalogarse en:

  • Producción de Bienes y Servicios, que mueva motores económicos imprescindibles para la venezolanidad, como el campo industrial, agrícola, pecuario o artesanal. Esto también incluye los servicios de transporte.
  • Consumo de Bienes y Servicios para saciar las necesidades más básicas, como alimentación, salud, vivienda, entre otros.
  • También figuran las cooperativas de ahorro y crédito, que amparan las necesidades monetarias de sus miembros y terceros.
  • Finalmente, están presentes las Cooperativas Mixtas para la producción de bienes y servicios tanto a afiliados, como a terceros y potenciales clientes.

Sobre “El Estatuto”

Previamente se hizo mención sobre la redacción de El Estatuto, que es definido y amparado por el artículo 13 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.

Este documento debe incluir:

  1. Denominación (Con las que suelen estar identificadas las cooperativas, “Sociedad Cooperativa” o “S.Coop”.), duración y domicilio.
  2. La determinación del objeto social.
  3. El régimen de responsabilidad: El cual debe estar limitado o suplementado, así como sus alcances.
  4. Condiciones de ingreso de los asociados, al igual que sus derechos y obligaciones. De igual manera, hay que incluir la pérdida del carácter de asociado, así como las suspensiones y exclusiones.
  5. Formas de organización de la cooperativa y normas para su funcionamiento, coordinación y control. Es importante acotar las atribuciones reservadas a la reunión general de asociados o asamblea, al igual que los reglamentos internos y competencia para dictarlos.
  6. Las normas para establecer la representación legal, judicial y extrajudicial.
  7. Modalidades de toma de decisiones.
  8. Formas de organización y normas con relación al trabajo en la cooperativa.
  9. Formas y maneras de desarrollo de la actividad educativa. Funcionamiento de las instancias de coordinación educativa.
  10. Régimen económico, que como su nombre indica, es la organización de la actividad económica, mecanismos de capitalización y modalidades de instrumentos de aportación. Esto también comprende las aportaciones mínimas por asociado, la distribución de los excedentes y normas para la formación de reservas y fondos permanentes. Desde luego, también se incluye el ejercicio económico.
  11. Normas sobre la integración cooperativa.
  12. Procedimientos para la reforma del estatuto.
  13. Procedimiento para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación.
  14. Normas sobre el régimen disciplinario.

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