El Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) emitió una guía con las normas oficiales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para capturar la foto de pasaporte para bebés.
Dicha medida, específicamente para niños entre los 0 y 2 años, busca facilitar el trámite de pasaporte menor de edad a los padres y representantes mediante recomendaciones prácticas que garantizan la aceptación del registro fotográfico.
La institución precisó que los requisitos para pasaporte menor de edad en Venezuela exigen la presencia del niño en la cita del Saime, junto a la partida de nacimiento y la cédula de identidad de los padres.
Posiciones permitidas para la foto de pasaporte para bebé
La normativa de la OACI establece tres métodos para tomar la fotografía a niños de 0 a 2 años.
- Si el bebé ya se sostiene por sí solo: foto debe realizarse con el niño sentado y erguido.
- Si el bebé no logra sostenerse: los padres deben acostarlo sobre una manta blanca o de un color claro uniforme para realizar la captura desde arriba.
La tercera opción autorizada permite ubicar al niño en su silla portabebés, con un fondo blanco o de color claro liso colocado detrás de su cabeza.
Requisitos visuales obligatorios en la foto del Saime
El Saime enfatizó que el bebé debe mantener los ojos abiertos y mirar de frente a la cámara al momento de la toma. El rostro del menor debe quedar libre de sombras, objetos o manos de los representantes para cumplir con los estándares internacionales de identificación.
Requisitos para pasaporte de menores de edad en el Saime
Para completar el trámite del pasaporte de niños y adolescentes en Venezuela, el representante debe presentar la planilla de cita impresa desde la página web del Saime. Es obligatorio consignar la partida de nacimiento original del menor y la copia del documento.
Si el menor tiene nueve años o más, debe presentar su cédula de identidad original y copia. Los padres deben acudir con sus cédulas de identidad laminadas y vigentes.
En caso de ausencia de uno de los progenitores, se requiere una autorización legal tramitada ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente o un poder notariado.
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