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Por estos motivos pierdes la licencia de conducir en Venezuela

Jueves, 28 de marzo de 2024 a las 08:44 am
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Muchos conocen los requisitos o pagos a seguir para obtener la licencia de conducir en Venezuela

Sin embargo, pareciera que ignoran cuáles son los motivos estipulados en la ley que podrían revocar parcial o totalmente este importante documento.

A continuación, 2001 te presenta puntualmente las acciones cometidas por parte de los conductores dentro del territorio venezolano que pueden generar la suspensión o revocación de la licencia para manejar.

Para ello se consultó al abogado José Joaquín Camacho Torres quien ofreció detalles al respecto con base a lo que contempla la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre.

El jurista empezó por puntualizar que la suspensión o revocación de la licencia de conducir en Venezuela se produce por términos e infracciones cometidas.

El artículo 179 de la ley estipula la suspensión de la licencia o título profesional en un término de tres (3) meses, a aquellas personas que conduzcan vehículos de un tipo distinto al autorizado por su licencia”, refirió.

Camacho señaló que esta suspensión cabe a los conductores con licencia de primer, segundo o tercer grado, que manejen vehículos en condiciones que pongan en peligro la seguridad del tránsito.

A tales efectos aplicarán la suspensión del documento de manejar por un término de seis (6) meses.

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“Los conductores que hayan acumulado cinco (5) infracciones en un período de doce (12) meses también sufrirán la suspensión o revocación de la licencia por seis (6) meses”, añadió.

Revocación de entre uno a tres años de la licencia de conducir en Venezuela: ¿Quiénes son los castigados?

La Ley especifica que a los conductores con licencia de cuarto o quinto grado o título profesional que conduzcan en condiciones que pongan en peligro la seguridad del tránsito les será arrebatado por doce (12) meses el documento vial.

Accidentes de tránsito terrestre que produzcan lesiones gravísimas tipificadas en el Código Penal y cuyos conductores sean responsables por dicho accidente, verán sus licencias suspendidas por un periodo de tres (3) años.

Específicamente cuando el hecho se produce bajo influencia de la ingesta de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas o por exceso de velocidad, la suspensión podrá dictarse hasta por tres (3) años contados a partir de la fecha de la sentencia definitivamente firme.

“Los conductores que tengan más de cinco (5) procedimientos acumulados en uno o más expedientes por infracción, en sede judicial, también son sujetos a la revocación de la licencia por tres años”, destacó el abogado.

De igual manera, Camacho indicó que la sanción se aplica a los conductores que hayan acumulado tres (3) sanciones por manejar vehículos a exceso de velocidad o bajo influencia de bebidas alcohólicas o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

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El mismo castigo va para los conductores que en un término de doce (12) meses hayan acumulado al menos dos (2) notas de suspensión.

“A los conductores que ocasionen lesiones culposas graves de las tipificadas en el Código Penal y declarados responsables por tal accidente, se les suspenderá la licencia por tres años”, sumó el profesional del derecho.

Duras suspensiones de la licencia de conducir que van de entre cinco (5) a diez (10) años

La retención de la licencia de conducir por el término de cinco (5) años se aplicará de esta manera:

A los conductores que en caso de accidentes con fallecidos los declaren responsables por dicho accidente.

Cuando el hecho se produce bajo influencia de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas o por exceso de velocidad.

Bajo estas circunstancias se revoca la licencia y queda inhabilitado el conductor por diez (10) años para obtener nueva licencia.

¿Cuándo puedo recuperar mi licencia de conducir?

El numeral 2, literal b) y numeral 3, literal a), del artículo 179 de la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre reza lo siguiente en este particular.

"El conductor o la conductora que haya cumplido las dos (2) terceras partes de la sanción y dentro de este lapso haya realizado un curso sobre las normas de tránsito y transporte terrestre".

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Dicho curso tiene un mínimo de treinta (30) horas de duración. Una vez el conductor lo haga se le conmutará el resto de la sanción y la licencia o el título profesional recobrará su vigencia.

La autoridad administrativa del transporte terrestre incorporará la decisión al Registro Nacional de Vehículos y de Conductores y Conductoras.

Las formalidades a seguir con ocasión de la suspensión de licencias de conducir o de los títulos profesionales serán establecidas en el Reglamento de esta Ley.

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