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¿Quieres obtener la nacionalidad española? Lee aquí las cinco manera de tenerla

por Avatar Rosa León
¿Quieres obtener la nacionalidad española? Lee aquí las cinco manera de tenerla

España es uno de los países para vivir con mejor calidad de vida en 2023, así lo aseguró la Unión Europea (UE) recientemente.

Para los migrantes de Latinoamérica e incluso EEUU, España es una de las opciones más comunes para vivir.

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Es por ello que la Ley de Memoria Democrática (LMD) o Ley de Nietos, aprobada en octubre de 2022, tuvo una reconocida popularidad entre los migrantes.

Esta norma permite a la descendencia de españoles recuperar la nacionalidad.

Para que esto sea una realidad, los ciudadanos deben presentar los papeles requeridos y ser aprobados por el Consulado de España.

Además de la LMD, la legislación española permite conseguir la documentación de la siguiente forma:

Nacionalidad de Origen

La ley establece que son españoles de origen todos los nacidos de padre o madre españoles; así como los hijos de españoles que nacieron en el extranjero.

En el caso de que ambos padres fueron exiliados de España, y por eso no tienen la nacionalidad, esos hijos deben abrir un expediente en el Registro Civil del lugar donde residen para reclamar la nacionalidad española con valor de simple presunción.

También pueden pedir la nacionalidad los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. 

Asimismo la ley aclara que serán españoles los menores de edad cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.

Los menores de 18 años de edad, que sean adoptados por un español, también son considerados españoles.

Si estos son mayores de la edad antes estipulada, podrán optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

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Nacionalidad española por opción

A través de esta opción, pueden solicitarla las personas que estén o hayan estado a la patria potestad de un español.

Bajo esta categoría entran todas solicitudes relacionadas con la Ley de Memoria Democrática Española

En caso de estarlo, el solicitante tendrá un lapso de dos años para tramitar la documentación.

También pueden solicitarla las personas adoptadas por españoles después de los 18 años de edad.

Asimismo, los hijos nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con personas extranjeras, antes de la entrada en vigor de la Constitución española en 1978.

Además, los hijos e hijas mayores de edad de quienes adquirieron la nacionalidad española por la Ley de Nietos.

Nacionalidad española por residencia

Para obtener la residencia española, los migrantes pueden pedir la nacionalidad después de haber vivido en el país de forma legal y continua durante más de 10 años.

Sin embargo, el periodo de espera se reduce a cinco años si la persona va en calidad de refugiada.

Las personas nacidas en Guinea Ecuatorial o Portugal el tiempo de residencia exigido se puede reducir a dos años.

Para quien, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho, también podrá recurrir a esta opción.

También califican para esta forma, los viudos o viudas de españoles, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

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Carta de naturaleza

Esta manera de conseguir la nacionalidad española está tipificada en la ley con “carácter graciable o excepcional”, debido a que no toda persona puede optar por ella.

En este caso el gobierno podrá otorgarlo mediante un Real Decreto, siempre y cuando el aspirante esté involucrado o haya hecho méritos excepcionales para calificar como merecedor de la nacionalidad española.

Por lo general, se le ofrece a los deportistas que han participado o participarán en competiciones internacionales representando a España.

Por posesión de Estado

Este es el procedimiento menos frecuente. Solo se puede conseguir la nacionalidad a través de ella luego de 10 años usando la nacionalidad de forma continuada y “de buena fe”.

Esto quiere decir sin saber que en realidad no era español.

Solo se concede si primero se ha comenzado un expediente con valor de simple presunción en el Registro Civil correspondiente.

También primero debe ser aprobado por el organismo con los nombres y los dos apellidos de los padres.

La nacionalidad española no se pierde aunque se anule el título inscrito en el Registro Civil por el que le fue concedida la nacionalidad.

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Con información de El Diario

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