Recaudos obligatorios para viajar con niños, niñas y adolescentes desde Venezuela

El organismo encargado instó a los usuarios a verificar y gestionar la documentación con suficiente antelación

Martes, 27 de octubre de 2026 a las 05:45 pm
Recaudos obligatorios para viajar con niños, niñas y adolescentes desde Venezuela

El Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) publicó la guía oficial de recaudos y documentos obligatorios que deben presentar los padres, madres, tutores o representantes legales al momento de tramitar la salida del territorio nacional de niños, niñas y adolescentes, diferenciando las exigencias según la condición legal o situación particular del menor de edad.

El organismo precisó las especificaciones requeridas para el control migratorio en aeropuertos, puertos y pasos fronterizos en los siguientes cinco escenarios particulares:

  • Acta de defunción original y copia del progenitor fallecido, permisos de viaje expedidos por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Cpnna) o notaría pública competente, según aplique para el traslado con el progenitor sobreviviente o un tercero.
  • En caso de tener la patria potestad, presentar la sentencia firme emitida por un Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que adjudique dicha condición de forma unilateral, acompañada del documento de identidad del menor y del representante legal.
  • Para los menores cuyos dos padres hayan fallecido, la documentación varía según el acompañamiento en el viaje:
  • Viaje con tutor: Documento probatorio de la tutoría legal asignada por tribunal competente y permisos de salida.
  • Viaje con terceros: Autorización judicial emitida por el tribunal de protección correspondiente donde se especifique la filiación del tercero responsable.
  • Viaje sin acompañante: Autorización del tribunal de protección con indicación expresa de la aerolínea o empresa de transporte y los datos del adulto responsable que recibirá al menor en el país de destino.
  • En el caso de adolescentes que hayan adquirido la emancipación legal (por matrimonio o vía judicial), deberán consignar el acta de matrimonio inscrita en el Registro Civil o la correspondiente sentencia judicial ejecutoriada que certifique la emancipación, lo que los faculta para realizar trámites migratorios bajo el régimen aplicable a su condición.

El Saime instó a los usuarios a verificar y gestionar la documentación con suficiente antelación al día del viaje para evitar inconvenientes durante los chequeos en los puntos de control migratorio del país.

 

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