El título supletorio de propiedad es un documento para determinar la propiedad de una bienechuría construida sobre un terreno privado o público.
Este documento se usa al agotar un procedimiento judicial ante un Tribunal de Municipio del lugar donde se encuentren ubicadas las propiedades.
Lea también: Conozca cómo debe obtener este permiso para venta de materiales de salud
En el título supletorio, consta la propiedad de bienes a favor de una o varias personas determinadas.
El interesado en obtener un título supletorio de propiedad debe demostrar que es dueño del terreno sobre el cual se encuentran edificadas las propiedades.
En caso contrario, deberá obtener la autorización del propietario del terreno para poder tramitar el título supletorio, ya que, existe una presunción legal en Venezuela de que el dueño del suelo (Terreno), lo es también de todo aquello construido sobre él.
Requisitos
Solicitud de titulo supletorio donde conste lo siguiente:
Identificación del dueño de las propiedades y del terreno.
Área de construcción (m2) de las propiedades. Características de las propiedades (número de pisos o plantas, número de habitaciones, número de baños, materiales de construcción, bienhechurías complementarias, o clase de matas o plantaciones, etc.)
De ser posible una memoria descriptiva y el costo de las edificaciones.
Copia del documento de propiedad del terreno.
Copia de la cédula de Identidad del propietario o, copia del Registro Mercantil en caso de ser persona jurídica.
Autorización notariada del propietario del terreno o de la Alcaldía (En el caso de que el terreno donde estén ubicadas las propiedades sea de un tercero o sea de propiedad Municipal).
Planos de ubicación del terreno y de las propiedades.
Nombre y cédula de identidad de dos testigos mayores de edad, los cuales deberán declarar acerca de la comprobación de las propiedades y del conocimiento que tienen de su persona.
Procedimiento
Presentación ante el Tribunal de Municipio competente del escrito de solicitud del título supletorio.
Asistencia a los testigos para sus respectivas declaraciones.
Retiro del título otorgado por el Tribunal.
Presentación ante el Registro Inmobiliario del título supletorio si el terreno es propiedad privada o adjudicado por el ente gubernamental.
Presentación de copia del título en la Dirección de Catastro de la Alcaldía.
Pagar deuda del estado de cuenta del derecho de frente con la incorporación del título supletorio.
El procedimiento debe llevarse a cabo, siempre, bajo la guía y conocimiento de un abogado especialista.
.
Visita nuestra sección: Servicios
Para mantenerte informado y estar al tanto de todo lo que ocurre en el mundo y en el país, haz clic en el siguiente enlace. Sigue nuestro canal en Telegram https://t.me/Diario2001Online
Sigue el canal de 2001online en WhatsApp: https://whatsapp.com/channel/0029Va9CHS8EwEk0SygEv72q