Quienes deseen emigrar a España para trabajar y vivir legalmente pueden hacerlo a través de 4 permisos diferentes que otorga la nación ibérica.
Para entrar a España se pueden solicitar permisos temporales o permanentes. Incluso de hasta 90 días o más. La única condición es que trámite el permiso de residencia por los días que se desee estar en el país.
Tipos de permiso de residencia
El gobierno español tiene a disposición de los extranjeros 4 tipos de permisos de residencia para entrar legalmente al país.
Residencia temporal no lucrativa
Destinada a quienes quieran ir a España por más de tres meses, pero no tengan ninguna intención de realizar actividades laborales o profesionales.
Los requisitos son:
No ser familiar de un ciudadano de países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
No estar ni haber estado de manera irregular en un territorio de España.
Contar con medios económicos suficientes para atender los gastos de estancia y regreso.
Tener seguro médico.
Residencia temporal por reagrupación familiar
Este permiso solo aplica para quienes tengan familiares con residencia en España. Quienes se podrán reagrupar son los cónyuges, hijos y descendientes del primer grado del residente.
El proceso de solicitud de esta residencia está a cargo del residente que se encuentre en España. Este deberá acercarse a una Oficina de Extranjería para pedir una residencia temporal a favor de sus familiares.
Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo
Para solicitar este permiso, los interesados deberán cumplir las siguientes condiciones:
Ser profesionales invitados por alguna de las Administraciones Generales del Estado para desarrollar una actividad o programa técnico.
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Ser profesores, técnicos, investigadores y científicos invitados por una universidad de España.
Ser personal directivo y profesorado de instituciones acreditadas y reconocidas por España para realizar actividades culturales.
Ser funcionarios estatales que vayan a España con intención de desarrollar una actividad de cooperación.
Ser corresponsales de medios extranjeros.
Ser miembros de misiones científicas.
Ser artistas que vayan a hacer una actuación concreta que no suponga continuidad.
Ser ministros religiosos y miembros de la jerarquía de las diferentes iglesias.
Ser extranjeros que formen parte de los órganos de representación, gobierno y administración de sindicados y organizaciones empresariales reconocidas internacionalmente.
Ser menores extranjeros en edad de laboral tutelados por un servicio de protección de menores.
Residencia temporal por circunstancias excepcionales
Existen tres excepciones para solicitar esta residencia:
Por razones de protección internacional.
Por razones humanitarias.
Por razones de seguridad nacional o interés público.
En cualquiera de los tres casos, deberá demostrar que cuenta con una situación de vulnerabilidad por la cual necesita autorización de residencia.
Con información de El Cronista
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