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¿Tienes derecho a la ciudadanía estadounidense? Acá te decimos (+Leyes)

Jueves, 14 de diciembre de 2023 a las 02:00 pm
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Estados Unidos ofrece nacionalidad por vínculo familiar de acuerdo a las disposiciones de sus leyes ciudadanas.

Si es ciudadano estadounidense (o no ciudadano) y tiene un hijo en el extranjero, debe informar su nacimiento en la embajada o consulado estadounidense más cercano lo antes posible para que se le pueda solicitar un pasaporte y/o un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA).

puede emitirse como un registro oficial del reclamo del niño de ciudadanía o nacionalidad estadounidense. La embajada o el consulado de los EE. UU. le proporcionarán una copia original del CRBA de un niño elegible.

¿Qué es una CRBA?

Una CRBA documenta que su hijo era ciudadano estadounidense al nacer. La CRBA no sirve como prueba de la identidad de los padres legales del niño.

Se emite CRBA a niños nacidos en el extranjero que adquirieron la ciudadanía o nacionalidad estadounidense al nacer y son menores de 18 años al momento de la solicitud.

El nombre o nombres que figuran en la CRBA son los padres del ciudadano o nacional estadounidense que tienen una conexión genética o gestacional con el niño.

El nombre de los padres a través de quienes se realiza el reclamo de ciudadanía estadounidense del niño debe figurar en la CRBA.

Un padre que no transmite la ciudadanía estadounidense puede figurar en la CBRA con el consentimiento del padre que transmite la ciudadanía estadounidense.

¿Cómo se solicita un CRBA?

Lo ciudadanos tienen la opción de solicitar en línea un CRBA en las embajadas y consulados de EE. UU. en casi todos los países del mundo.

Solo debe ir a la página web de su embajada o consulado de EE. UU. para saber si acepta solicitudes en línea. Para presentar la solicitud en línea, vaya a la página MyTravelGov .

https://cacms.state.gov/s/

Si no puede presentar la solicitud en línea, visite la página web de la embajada o el consulado de EE. UU. para obtener más información sobre cómo completar el formulario DS-2029 .

La solicitud debe firmarse frente a un funcionario consular, notario público u otra persona calificada para administrar juramentos.

Consideraciones

Si uno de los padres no es ciudadano estadounidense o si el padre ciudadano estadounidense que transmite la ciudadanía a su hijo no está presente cuando solicita un CRBA, ese padre debe completar el formulario DS-5507 como evidencia de respaldo, y puede usarse para enumerar los períodos de tiempo que pasaron en los Estados Unidos.

Si su hijo nació fuera del matrimonio y el padre es ciudadano estadounidense o no ciudadano estadounidense, utilice el formulario DS-5507 para reconocer al niño y aceptar voluntariamente apoyarlo financieramente.

El formulario DS-5507 debe ser firmado por el padre en una embajada o consulado de los EE. UU. o frente a un funcionario estadounidense o extranjero que registre los nacimientos o que sea responsable de los juramentos.

¿Cómo solicitar reemplazo, cambio o copias adicionales de un CRBA?

Para esta gestión solo debe ingresar a la Oficina de Registros Vitales y recaudar los documentos y cumplir con los requisitos que se le piden.

Soy un ciudadano estadounidense nacido en un territorio estadounidense. ¿Soy elegible para una CRBA?

Si adquirió la nacionalidad estadounidense cuando nació en uno de los territorios actuales o anteriores de los Estados Unidos durante los períodos de tiempo pertinentes a continuación, no es elegible para un CRBA porque no se considera que haya nacido en el extranjero.

Lea también: EEUU: Estos son los costos actualizados de las visas temporales para no migrantes

Al solicitar un pasaporte estadounidense, puede establecer la adquisición de la nacionalidad estadounidense presentando un certificado de nacimiento emitido por la oficina de registros vitales local junto con otras pruebas necesarias para establecer la adquisición de la nacionalidad estadounidense.

Las ubicaciones y períodos de tiempo incluyen:

Puerto Rico después del 10 de abril de 1899

Islas Vírgenes de EE. UU. después del 16 de enero de 1917

Samoa Americana después del 15 de febrero de 1900

Guam después del 23 de diciembre de 1952

Isla Swains después del 3 de marzo de 1925

La Zona del Canal de Panamá antes del 1 de octubre de 1979

La Commonwealth de las Islas Marianas del Norte después del 8 de enero de 1978

Filipinas antes del 4 de julio de 1946.

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