En Venezuela, las personas que deseen cambiar las placas identificadoras de sus vehículos deben realizar el proceso ante el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), ente que regula este trámite.
Según el artículo 59 de la Ley de Transporte Terrestre vigente, es obligatorio portar dicha identificación: “Todo vehículo que circule por el territorio nacional debe portar, de manera visible, sus correspondientes placas identificadoras, colocadas en la parte delantera y la otra en la parte posterior, en los sitios especialmente destinados a tal fin”.
"Circular sin placas identificadoras o con las placas que no correspondan al vehículo, o con diseños distintos a los establecidos por la autoridad competente" es motivo de sanción, según el artículo 107 de la Ley en el numeral 1.
¿Cómo se tramita el cambio de placas ante el INTT?
Para cambiar las placas identificadoras de un vehículo, el usuario debe presentar los siguientes requisitos:
1. Planilla Única de Trámite, debidamente pagada por cualquiera de los canales autorizados.
2. Cédula de identidad laminada (vigente).
3. Certificado de Registro de Vehículos (original).
4. Constancia de experticia de seriales originales, otorgada por la PNB.
5. Placas identificadoras del vehículo (físicas).
6. En caso de pérdida o robo de placas identificadoras de vehículos, consignar la respectiva denuncia realizada ante el Cicpc (original).
Se de recordar que las placas se cambian por deterioro, robo, hurto, extravío o por portar matrículas anteriores a la actual.