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Estas son las sanciones para los miembros de mesa que no acudan al referendo del Esequibo

Miércoles, 29 de noviembre de 2023 a las 06:00 pm
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El Ejecutivo nacional convocó a un referendo con cinco preguntas relacionadas con el territorio del Esequibo para el próximo 3 de diciembre.

Foto: EFE

Estas son las sanciones para los miembros de mesa que no acudan al referendo del Esequibo

Las cinco interrogantes de la consulta son las siguientes:

  1. ¿Está usted de acuerdo en rechazar, por todos los medios, conforme a derecho, la línea impuesta fraudulentamente por el Laudo Arbitral de París de 1899, que pretende despojarnos de nuestra Guayana Esequiba?
  2. ¿Apoya usted el Acuerdo de Ginebra de 1966 como el único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana, en torno a la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba?
  3. ¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?
  4. ¿Está usted de acuerdo en oponerse, por todos los medios, conforme a derecho, a la pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera ilegal y en violación del derecho internacional?
  5. 5. ¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y que se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio, que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano?

Si bien en Venezuela el voto no tiene carácter de obligatoriedad, la participación como miembro de mesa en los comicios organizados por el Poder Electoral, sí requiere el cumplimiento salvo las propias excepciones previstas en la legislación vigente.

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¿En qué consisten las sanciones?

Según la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), quien no asista a la jornada se expone a una sanción pecuniaria.  

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Serán sancionados con multas del equivalente de quince Unidades Tributarias (15 U.T.) a cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria que será determinado por la autoridad competente: 1. Quienes se nieguen a desempeñar el cargo para el cual han sido designados o designadas, salvo las excepciones del Servicio Electoral Obligatorio previstas en la ley”, reza el apartado.

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Exonerados

Algunas personas exoneradas de participar como miembros de mesa, de conformidad con el artículo 113 de la Lopre, son: las personas mayores de 65 años, quienes presenten algún tipo de discapacidad debidamente certificada, ser candidato a la elección, directivo de un partido o promotor de un grupo de electores.

También quedan exentos quienes desempeñen trabajos de emergencia que le impidan prestar el servicio electoral. En estos casos deben redactar una carta y subirla a la página www.gob.ve con las consideraciones correspondientes.

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