Dos ciudadanos, de nacionalidad venezolana, identificados como Y. D. Parra B. y F. H. Castro B., quienes admitieron su responsabilidad en la muerte de José Orlando Mejía y el asesinato frustrado de su pareja, quedaron condenados a 15 años de prisión, ante las pruebas presentadas por el Ministerio Público sobre el caso.
Los hechos se registraron el 9 de septiembre de 2014, en el sector Pan de Azúcar, jurisdicción del municipio Andrés Bello, estado Táchira.
Según el boletín publicado por la Fiscalía, en horas de la madrugada del citado día, Mejía y su pareja se encontraban en el interior de una discoteca.
De pronto, la mujer le solicitó a José Orlando que retirarse del lugar, al notar que dos sujetos los observaban de una forma extraña.
La pareja abandonó el recinto a bordo de una motocicleta, con dirección hacia su domicilio. Sin embargo, fueron interceptados por los delincuentes, quienes los amenazaron de muerte con un arma de fuego.
En ese momento, Parra B. disparó dos contra la mujer. Luego le propinó un disparo mortal a Mejía. Posteriormente huyeron del lugar.
Minutos después, la fémina ingresó al Hospital Central de San Cristóbal, donde recibió atención médica y pudo sobrevivir.
Le diagnosticaron un trauma craneoencefálico severo por heridas con arma de fuego, con orificio de entrada en región retroaurical izquierda, y región occipital sin orificio.
15 años de prisión
Una vez iniciadas las investigaciones, horas más tarde del mismo día, una comisión del Cicpc de la región se presentó en la vivienda de los sospechosos. En el lugar cumplieron con la orden de aprehensión emanada por el Tribunal 8º de Control del Táchira.
En el juicio, la Fiscalía 31ª de la entidad andina ratificó la acusación en contra de Parra B. por homicidio calificado, cometido con alevosía y motivos fútiles en perjuicio de Mejía.
De igual forma, se le acusó por homicidio calificado, cometido con alevosía y motivos fútiles en grado de frustración, en detrimento de la pareja de la víctima.
A su vez, se acusó a Castro B. como cooperador inmediato de homicidio calificado cometido con alevosía y motivos fútiles en contra de Mejía. Así como por homicidio calificado cometido con alevosía y motivos fútiles en grado de frustración en perjuicio de la mujer atacada.
También como autor en el delito de posesión ilícita de arma de fuego.
Luego de evaluar los elementos de prueba ofrecidos por la representación fiscal, y escuchada la admisión de los hechos por parte de los acusados, el Tribunal 4º de Juicio dictó 15 años de prisión como condena.
Las autoridades ordenaron la reclusión de los sujetos en el Centro Penitenciario de Occidente ubicado en Santa Ana, municipio Córdoba.
Con información de La Nación.
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