Un nuevo fallo judicial emitido en California frenó la suspensión del Programa de Visas de Diversidad (DV-2027).
La medida cautelar condiciona las acciones del Departamento de Estado y fija un calendario obligatorio para la recepción de solicitudes.
El panorama para la Lotería de Visas del año fiscal 2027 dio un giro legal tras la resolución emitida por la jueza Jinsook Ohta, del Tribunal del Distrito Sur de California, en el caso Red Eagle Law, L.C. v. Rubio.
La magistrada dictaminó una orden judicial preliminar que instruye al secretario de Estado, Marco Rubio, y a la administración federal a restablecer el proceso de inscripción suspendido en diciembre de 2025.
La interrupción del programa se ordenó formalmente bajo la gestión de la exsecretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, tras los hechos ocurridos en la Universidad Brown y el MIT, vinculados a un beneficiario que ingresó con este tipo de visado en 2017.
Sin embargo, la decisión del tribunal califica la paralización como una acción administrativa arbitraria, ordenando que la recepción y procesamiento de solicitudes continúe conforme a la legislación vigente hasta agotar las 55.000 residencias permanentes disponibles o hasta el 30 de septiembre de 2027.
Calendario de ejecución fijado por la corte
De acuerdo con las modificaciones de plazos aprobadas en el expediente judicial, las fechas clave que rigen la reactivación del programa DV-2027 son las siguientes:
- 29 de octubre: fecha límite para que el Departamento de Estado publique el anuncio oficial y los lineamientos operativos en su portal web.
- 1 de noviembre: apertura formal del sistema de registro en línea para los aspirantes.
- 30 días: duración establecida para el periodo de recepción de planillas de inscripción.
- 3 de diciembre: fecha límite para notificar formalmente a los preseleccionados.
- 30 de septiembre de 2027: límite legal para el procesamiento y emisión de los visados aprobados.
¿Cómo funciona el Programa de Visas de Diversidad?
El Programa de Visas de Diversidad fue promulgado en la Ley de Inmigración de 1990 durante la administración del presidente George H.W. Bush. Su propósito es otorgar la residencia permanente a personas procedentes de países con tasas bajas de inmigración hacia Estados Unidos.
Criterios de distribución y elegibilidad
- Cupo anual: se asignan hasta 55.000 visas distribuidas en seis regiones geográficas.
- Límite por país: ninguna nación puede recibir más del 7% del total de las visas disponibles en un solo año fiscal.
- Elegibilidad regional: países de América Latina como Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Ecuador, Perú y República Dominicana forman parte histórica del programa. En convocatorias recientes, países como Cuba y Venezuela han sido excluidos de la lista por superar las cuotas de migración regular preestablecidas.
Lo que debe tener claro
- Posibilidad de apelación: la orden judicial actual corresponde a una medida cautelar preliminar.
El Departamento de Justicia mantiene la facultad de apelar la decisión ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, lo que podría modificar o suspender nuevamente los plazos si el tribunal superior otorga una suspensión de la orden.
- Criterios de elegibilidad educativa y laboral: no basta con ser seleccionado en el sorteo.
Para optar por la residencia, el solicitante debe contar con educación secundaria completa (bachillerato) o, en su defecto, acreditar dos años de experiencia laboral en los últimos cinco años en una ocupación que requiera al menos dos años de entrenamiento o capacitación.
- Gratuidad del proceso de inscripción: la inscripción inicial al Programa de Visas de Diversidad es completamente gratuita y se realiza únicamente a través del sitio web oficial del Departamento de Estado (dvprogram.state.gov).
Múltiples organismos advierten contra fraudes y gestores privados que cobran por completar la solicitud.
- Veto de viaje y restricciones vigentes: el fallo judicial estipula que el procesamiento de las visas sigue sujeto a las leyes de inmigración aplicables.
Si un solicitante pertenece a un país sujeto a restricciones de entrada vigentes (como las medidas de veto de viaje activas), la selección en el sorteo no exime del cumplimiento de dichas restricciones sanitarias o de seguridad nacional.
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