Ante la disminución de las temperaturas, Nueva York ha instaurado el periodo de calefacción obligatorio, durante el cual los propietarios deben asegurar que sus inquilinos disfruten de un ambiente interior cálido.
El Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda (HPD) ha introducido este reglamento para asegurar que los neoyorquinos tengan acceso a una vivienda cálida durante los meses más fríos.
¿Cuándo entra en vigencia esta nueva regulación en Nueva York?
La ley de Nueva York exige que, desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo, los propietarios de edificios residenciales proporcionen calefacción suficiente para mantener una temperatura mínima de 68 grados Fahrenheit (20 grados centígrados) en los interiores entre las 6 de la mañana y las 10 de la noche, siempre y cuando la temperatura exterior sea inferior a 55 grados Fahrenheit.
Independientemente de la temperatura exterior, los propietarios deben mantener una temperatura interior mínima de 62 grados Fahrenheit durante la noche, entre las 10 pm y las 6 am.
En este sentido, la regulación del HPD estipula que el agua caliente en todos los edificios residenciales debe estar siempre a una temperatura no inferior a 120 grados Fahrenheit (49 grados centígrados).
¿Qué medidas se deben tomar si el propietario no cumple?
Las autoridades recomiendan que, en caso de dificultades con la calefacción, los inquilinos se comuniquen en primera instancia con el propietario o administrador del edificio.
Muchos edificios cuentan con personal de mantenimiento, como plomeros, que pueden solucionar el problema de manera rápida.
Si a pesar de comunicarse con el propietario el problema persiste, los inquilinos pueden presentar una queja formal llamando al 311 o utilizando la aplicación móvil 311.
El Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda (HPD) enviará inspectores para verificar el estado de la calefacción. Los inquilinos pueden seguir el progreso de su queja a través de la plataforma en línea del HPD.
Con información de Mundo Deportivo
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