Tras el impacto de huracanes en la costa del Golfo o tormentas e inundaciones en Texas, Estados Unidos (EEUU), los desastres naturales no discriminan entre condición migratoria.
Sin embargo, en la comunidad hispana persiste la duda de si los hogares con estatus migratorio mixto pueden calificar para la asistencia federal sin poner en riesgo la situación legal de sus integrantes.
La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) confirma que las familias de estatus mixto sí son elegibles para recibir ayuda financiera por desastre, siempre que al menos un hijo menor de 18 años sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero calificado (poseedor de Green Card, refugiado o asilado).
Requisitos indispensables para solicitar el beneficio
Para que el proceso sea procesado sin inconvenientes a nombre del menor, deben cumplirse tres condiciones clave:
- Edad del menor: el hijo o hija debió ser menor de 18 años el primer día del período del desastre declarado por el Gobierno Federal.
- Residencia compartida: el menor debe haber vivido permanentemente en la vivienda que sufrió los daños al momento de la catástrofe.
- Número de Seguro Social: es obligatorio presentar un número de Seguro Social (SSN) válido perteneciente al menor.
Paso a paso: cómo llenar la solicitud correctamente
El trámite requiere que el rol del padre, madre o tutor legal quede registrado bajo la figura adecuada para proteger la privacidad de los solicitantes:
- El menor figura como el solicitante principal: los fondos y la asistencia se adjudican legalmente al menor.
- El adulto firma como co-solicitante / padre o tutor: el padre o tutor indocumentado o con estatus temporal actúa únicamente como el adulto responsable que firma los documentos administrativos a nombre del hijo.
- Declaración de Ciudadanía (FEMA Form 90-69B): durante el proceso, el adulto firmará una declaración bajo pena de perjurio que abarca únicamente la ciudadanía o estatus legal del menor.
- La agencia no exige ni recopila información sobre la situación migratoria del padre o tutor para este procedimiento.
Documentación requerida para comprobar pérdidas y residencia
Para agilizar el trámite en línea o en persona, es aconsejable reunir la siguiente documentación:
- Identificación del menor: acta de nacimiento de EEUU y tarjeta del Seguro Social.
- Prueba de ocupación y propiedad: facturas de servicios públicos (luz, agua, gas), contratos de arrendamiento o correspondencia oficial a nombre del adulto que demuestre que la familia residía en la dirección afectada.
- Registro de daños: fotografía y video de los daños estructurales o en bienes personales (muebles, electrodomésticos, ropa), así como presupuestos o recibos de reparación.
- Información de seguros: en caso de contar con seguro de vivienda o inquilino, se debe presentar la resolución o carta de denegación del seguro comercial, ya que FEMA no cubre pérdidas que ya hayan sido indemnizadas por una aseguradora privada.
Mitos y garantías migratorias que debes conocer
La desinformación sobre la asistencia federal suele causar que muchas familias pierdan el apoyo disponible.
Las autoridades federales destacan tres garantías fundamentales:
- No afecta la Carga Pública: solicitar o recibir ayuda monetaria por desastres a través de un hijo menor no se toma en cuenta bajo la regla de Carga Pública ni perjudica futuros trámites de residencia, renovación de visados o naturalización.
- Privacidad de datos: los datos proporcionados a FEMA para asistencia individual se utilizan únicamente para procesar el alivio económico por la catástrofe y no se comparten con autoridades de control migratorio (como ICE) para fines de deportación.
- Ayuda de emergencia sin restricciones: servicios esenciales de emergencia -como refugios temporales, agua, alimentos (D-SNAP), atención médica inmediata y asesoría legal por desastre- están disponibles para todas las personas afectadas, independientemente de su estatus migratorio.
Canales oficiales para iniciar la solicitud
Existen tres vías directas y gratuitas para realizar el trámite:
- En línea: a través del portal en español DisasterAssistance.gov/es.
- Por teléfono: llamando al 1-800-621-3362 (atención disponible en español de 7:00 a.m. a 11:00 p.m. ET).
- En persona: visitando un Centro de Recuperación por Desastre (DRC) de FEMA en el condado afectado. No se requiere cita previa.
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