Ya es casi un hecho: A partir del 7 de mayo de 2025, las personas necesitarán el documento conocido como Real ID para abordar vuelos aéreos nacionales si no planean usar un pasaporte u otra forma de identificación aprobada por el Gobierno federal.
Esta legislación de la REAL ID se introdujo en 2005 para reforzar la seguridad aérea del país tras los atentados del 11 de septiembre.
¿Qué sucederá a partir de esa fecha?
Todos los viajeros que acudan al aeropuerto después del 7 de mayo de 2025 sin una licencia que cumpla con la normativa REAL ID no podrán pasar el control de seguridad. No obstante, sí podrán embarcar en aviones comerciales presentando un pasaporte válido.
Hasta ahora, no es obligatorio obtener una Real ID. No obstante, a partir del 7 de mayo de 2025, si normalmente usas tu licencia de conducir o identificación de no conductor para volar dentro de Estados Unidos, vas a necesitar un REAL ID para poder abordar o deberás usar un pasaporte estadounidense válido u otra forma de identificación aprobada por el Gobierno federal.
¿Y si no tengo mi REAL ID?
Aquí ya hay un pequeño problema: si no presentas en el control de seguridad del aeropuerto un documento de identidad que cumpla la normativa REAL ID, no te dejarán pasar a la puerta de embarque.
Si no tiene REAL ID antes del 7 de mayo de 2025, puede mostrar su pasaporte estadounidense o un permiso de conducir mejorado expedido por Washington, Michigan, Minnesota, Nueva York o Vermont.
¿Y cómo me inscribo en el Real ID?
Una persona puede inscribirse en el REAL ID en su DMV local. El DHS incluye un mapa útil en su sitio web con enlaces al DMV de cada estado y territorio de Estados Unidos donde puede concertar una cita.
La agencia de permisos de conducir de cada estado indica la documentación que hay que llevar para obtener una REAL ID.
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