Con el inicio de la temporada de impuestos, correspondientes al año fiscal 2024, hoy te diremos cuáles son los contribuyentes que no van a estar obligados a hacer este año
El Servicio de Impuestos Internos (IRS), estableció un límite de ingresos para determinar si debe o no presentar y declarar sus obligaciones tributarias. El mismo fue publicado en su sitio web.
En los Estados Unidos (EEUU), Esta cantidad es conocida como la deducción estándar. Si los ingresos anuales por debajo de este umbral, el contribuyente no necesitas declaración ni pagar impuestos.
¿Cuáles son los límites para no declarar impuestos?
La cantidad de ingresos para cumplir con la cantidad requerida en una deducción estándar, en una pareja casada con declaración conjunta es de $29.200 dólares anuales.
Los contribuyentes que son solteros y optan por una declaración individual, deben tener ingresos iguales o menores a $14.600 dólares al año. Para quedar exentos este año.
Finalmente, tenemos a los jefes de hogar que tienen remuneraciones anuales de hasta $21.900 dólares.
Si usted gana menos de estos ingresos, de forma automática entra en el grupo de contribuyentes que no pagarán obligaciones tributarias este 2025.
Es importante destacar que, las personas que no presentan y declaran impuestos por esta exención de ingresos anuales. Lamentablemente, no se serán beneficiarios con reembolsos tributarios por el año fiscal 2024.
Otros grupos que pueden quedar exentos
Las organizaciones sin fines de lucro, son otro grupo de contribuyentes que quedarán exentos de presentación y declaración de impuestos.
Así como lo indica el IRS en su sitio web, las organizaciones que operan exclusivamente con fines religiosos, caritativos, científicos, de seguridad pública, literarios, educativos o similares pueden estar exentas bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Impuestos Internos de EEUU.
Además, quedan exentos los ciudadanos que se encuentran ejerciendo funciones laborales en el exterior, si sus ingresos no superan los $126.500 dólares anuales. Así como los contribuyentes que califiquen Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC).
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