Tras el aumento en la aplicación de la Ley de Registro de Extranjeros de 1940, ha habido mucha desinformación sobre quién necesita registrarse como extranjero en Estados Unidos después de 30 días.
El 20 de enero de 2025, el presidente Trump emitió la Orden Ejecutiva 14159, titulada "Protegiendo al Pueblo Estadounidense Contra la Invasión", reseña Infobae.
Esta orden instruye al Departamento de Seguridad Nacional a garantizar que los extranjeros cumplan con el requisito de registrarse ante el gobierno, tal como lo estipula la sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).
La orden también enfatiza que la falta de cumplimiento de este registro debe ser tratada como una prioridad tanto en el ámbito civil como en el penal.
¿Quiénes deben realizar este registro obligatorio como extranjero en Estados Unidos?
La ley de inmigración de Estados Unidos (INA) establece que, salvo raras excepciones, los extranjeros de 14 años o más que permanezcan en el país por 30 días o más y no hayan sido registrados y se les hayan tomado las huellas dactilares al solicitar su visa, deben someterse a este proceso.
Hay extranjeros que han sido registrados automáticamente: ¿Quiénes son?
Los extranjeros que ya se consideran registrados ante las autoridades incluyen a aquellos que:
Se encuentran en Estados Unidos bajo libertad condicional (parole) según la sección 212(d)(5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), incluso si ese período de libertad condicional ya terminó.
Fueron admitidos en Estados Unidos como no inmigrantes y se les emitió un Formulario I-94 o I-94W (ya sea en formato físico o electrónico), sin importar si su período de admisión original ya expiró.
¿Cómo se realiza el registro de extranjeros en Estados Unidos?
Si necesitas registrarte, el proceso es sencillo. Deberás completar el nuevo Formulario G-325R a través de tu cuenta individual en línea de USCIS.
Una vez que envíes el formulario, USCIS te mandará una notificación con la fecha y hora de tu cita para la toma de huellas dactilares en uno de sus centros de servicio.
A partir del 11 de abril de 2025, todos los no ciudadanos en Estados Unidos, sin importar su estatus actual, deben tener esto en cuenta:
Si llevas 30 días o más en el país a partir de esa fecha y no tienes pruebas de haberte registrado, debes hacerlo inmediatamente a través de USCIS.
Cuando un extranjero completa su registro y se toma sus huellas dactilares (a menos que esté exento de este último paso), el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) le proporcionará una prueba de registro.
Es importante destacar que los extranjeros mayores de 18 años deben llevar consigo esta prueba y mantenerla en su posesión personal en todo momento.
Para aquellos que ya están registrados automáticamente, la evidencia que deben portar es la siguiente:
- Residentes permanentes: Deben llevar siempre su tarjeta verde.
- Portadores de visas con Formulario I-94: Deben portar una copia física de su registro I-94 o su visa de no inmigrante en el pasaporte.
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