Los casos de bullying son recurrentes en algunas instituciones educativas, por este motivo es importante saber qué hacer cuando estas situaciones se presenten.
Aunque no se ha confirmado de manera oficial la fecha de inicio del año escolar 2024-2025, es seguro que en los próximos días los más pequeños comiencen a ocupar los salones de clases.
Nuevas metas y compromisos se avecinan para ellos, pero, para algunos, esto viene acompañado de retos desagradables.
Cuando un alumno se convierte en víctima de bullying o acoso escolar, lo ideal es que tanto él como sus representantes sepan cómo actuar para defenderlo. Saber dónde denunciar, cómo comprobar los hechos y cómo hacer que los responsables pagues por sus actos es primordial.
Por ello, el abogado Helme Aliendo, juez provisorio segundo de juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, alerta que el bullying o acoso escolar ha tenido “un alto crecimiento en las instituciones educativas”.
“Se da cuando un compañero o varios tienen hacia ti conductas negativas. Estas conductas pueden ser insultos, chantajes, amenazas, difundir rumores sobre ti, ignorarte, robarte cosas o agredirte físicamente”, indicó el experto en entrevista con 2001.
¿Qué hacer en caso de bullying o acoso escolar?
El abogado recomienda hacer una primera denuncia ante la dirección del colegio o la Defensoría Educativa, pero si no se resuelve, debe acudir a otras instancias.
“En el caso de ser víctima de bullying o acoso escolar, debes denunciar, en primer lugar, ante la dirección del colegio o la Defensoría Educativa en el caso de que el colegio cuente con la misma, si no logra resolverse ante la Institución Educativa, también contamos con los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Defensorías Municipales de Niños, Niñas y Adolescentes y el Ministerio Público, en sus distintas oficinas en el país o a través del número telefónico 0800-BULLYING (2855464)”, indicó.
Es importante resaltar que toda la persona que tenga conocimiento de algún caso de bullying o acoso escolar está obligada a denunciar.
“En Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna), existe un principio de corresponsabilidad, previsto en su artículo 5, de tal forma que todos estamos obligados a denunciar, familia, estado y sociedad, de igual forma el propio Niño, Niña y/o Adolescente, puede acudir directamente a denunciar, ante los entes anteriormente mencionados, en primer lugar, en el plantel educativo, buscando la mediación entre los maestros, los padres y los niños, niñas y adolescentes, en conjunto con los orientadores o psicólogos del plantel educativo, de no lograrse el cese de la violencia, se debe acudir ante los entes administrativos o judiciales”, señaló.
¿Cómo demostrar el hecho?
Cabe destacar que es recomendable poder demostrar el hecho, aunque esto dependerá del tipo de acoso que experimente la víctima.
El abogado lo explicó a 2001 de la siguiente manera:
- Físico: es toda agresión física, como golpes, palizas, empujones, que ejerce una o varias personas contra la víctima y de forma constante.
- Psicológico: se manifiesta a espaldas de la víctima, su objetivo es deshonrarla y evitar que se integre a algún grupo. Esta “no integración” de la víctima se detecta cuando se ha normalizado su aislamiento.
- Verbal: es el más frecuente, se da con insultos, gritos y apodos ofensivos hacia la víctima. Su objetivo es atacar y demostrar que la víctima es distinta al resto, por lo que se afecta su autoestima.
- Cibernético: también llamado ciberbullying, es el acoso que se da por las redes sociales, correos electrónicos e internet. Su objetivo es viralizar el daño y hacer que la víctima lo recuerde constantemente.
“Para identificar si un joven está siendo víctima de acoso escolar, los padres y representantes deben estar atentos a cambios físicos y emocionales en el niño. Los actores principales en la prevención y atención de casos de bullying son, principalmente, las autoridades escolares, los profesores y las familias”, recalcó.
Los acosadores son sancionados
Aunque los acosadores sean menores de edad, sí pueden ser sancionados, según lo establecido en la ley, señaló Aliendo.
“La Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna), trae una responsabilidad diferenciada, en el caso de los adolescentes a partir de 14 años de edad, tienen responsabilidad penal y pueden ser sancionados hasta 10 años de prisión por casos de violencia escolar y en el caso de los menores de 14 años, deben ser puestos a la orden del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para que se dicten las medidas de protección correspondientes”, expresó el jurista.
Llamado
El abogado Helme Aliendo hizo un llamado a los representantes de instituciones educativas a estar atentos a lo que ocurre con sus estudiantes para prevenir este tipo de hechos.
“El llamado es principalmente a los centros educativos que estén pendiente de nuestra población estudiantil y están obligados a parar situaciones de acoso entre sus alumnos, deben contar con psicólogos y orientadores dentro del plantel educativo, para que ayuden, apoyen e intervengan para parar la situación”, indicó.
Al mismo tiempo, exhortó a los padres y representantes de los estudiantes a velar por el bienestar de los menores.
“De igual manera, los padres tienen el deber de velar por el bienestar y protección, de los niños, niñas o adolescentes y participar activamente en el proceso educativo”, insistió.
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