Los inmigrantes en Estados Unidos (EEUU) deben estar preparados en caso de enfrentar un proceso de deportación, sobre todo los indocumentados, conozca el proceso que puede frenar la medida.
Es un hecho que todo extranjero que no cuente con un estatus legal corre el riesgo de ser deportado y enviado a su país de origen.
Lo que muchos no tienen claro es que una vez que el caso de una persona pasa a ser una deportación “segura”, aun hay oportunidades de apelar y lograr que se cancele la medida.
Debe tomar en cuenta que es el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) es el organismo encargado de dar las órdenes de deportación de inmigrantes indocumentados.
Aunque en muchos casos es muy difícil frenar o revertir el proceso, lo cierto es que existe una forma de solicitar la cancelación de una deportación.
Esto se hace a través del formulario que corresponde al proceso 42B de "cancelación de deportación" que puede permitirle a un inmigrante indocumentado permanecer en el país.
Este presenta un pedido a la Corte, argumentando el motivo por el que el inmigrante en cuestión no debe ni puede ser deportado.
¿Quiénes pueden cancelar su deportación con el 42B?
El formulario 42B de inmigración es una herramienta fundamental, también conocido como Solicitud de Cancelación de Expulsión y Ajuste de Estatus.
Este formulario da a los residentes no permanentes que reúnan los requisitos, la oportunidad de solicitar una cancelación de deportación y obtener la condición de residente permanente legal.
El portal de urbinalawfirm.com señala que un indocumentado puede ser elegible para la cancelación de deportación si cae bajo la “Opción A” u “Opción B” a continuación:
Opción A – Cumple los siguientes requisitos:
- Ha residido de forma continuada en Estados Unidos por 10 o más años antes de que se iniciara el procedimiento de deportación.
- Ha sido una persona de buena conducta moral.
- No ha sido condenado por ninguno de los delitos especificados en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).
- La expulsión causaría dificultades excepcionales a su cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
Opción B – Cualquiera de las siguientes circunstancias se aplica a su situación:
- Usted o su hijo/a han sufrido malos tratos o crueldad extrema en Estados Unidos por parte de su cónyuge o progenitor ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
- Ha residido de forma continuada en Estados Unidos durante 3 años o más y ha demostrado buena conducta moral.
- No es inadmisible y no ha sido condenado por un delito con agravantes según la definición de la INA.
- Su hijo/a es ciudadano estadounidense o residente legal permanente y su deportación causaría dificultades extremas a su hijo.
- Usted es menor de edad y su expulsión le causaría dificultades extremas a usted o a su progenitor.
- Merece un ejercicio favorable de la discreción en su solicitud EOIR-42B.
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¿Qué puede necesitar presentar para la apelación?
Presencia física continua:
- Libretas bancarias, contratos de arrendamiento, escrituras, licencias, recibos, cartas, etc., que demuestren su presencia física en los Estados Unidos.
- Registros de nacimiento, registros escolares, registros de empleo y pruebas de pago de impuestos.
- Registros policiales de cada jurisdicción en la que haya residido durante el periodo requerido.
Buena reputación moral:
- Declaraciones juradas de testigos, preferiblemente ciudadanos estadounidenses, que den fe de su buena moralidad.
- Declaración jurada de su empleador, incluyendo detalles sobre su empleo, duración y ganancias.
Dificultades para familiares:
- Certificados oficiales que establezcan su relación con familiares que sufrirían dificultades en caso de expulsión.
- Partidas de nacimiento, certificados de matrimonio, pruebas de divorcio o disolución del matrimonio y certificados de defunción.
Documentos expedidos por el Gobierno:
- Copias de documentos expedidos por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización.
Registros fiscales, penales y de manutención de menores:
- Documentos que reflejen el pago de impuestos durante su presencia física en Estados Unidos.
- Sus antecedentes penales, incluidos todos los registros de condenas.
- Pruebas de pagos de manutención de menores.
¿Cómo aplicar al proceso de cancelación de una deportación?
Tiene que asegurarse de rellenar el formulario correctamente y en su totalidad.
- Cada persona que solicite la cancelación debe preparar una solicitud por separado.
- A menos que sea mentalmente insuficiente o menor de 14 años, en cuyo caso puede ejecutarla un padre o tutor.
- Escriba a máquina o con tinta legible sus respuestas, sin dejar preguntas sin contestar o en blanco.
- Si una pregunta no es aplicable, escriba «ninguna» o «no aplicable».
- Para respuestas completas, utilice hojas adicionales si es necesario, anotando el número de la pregunta, su número de registro de extranjero, nombre, firma, fecha y adjúntelas de forma segura al Formulario 42B de inmigración.
Adicionalmente deberá pagar la tasa de presentación y las tasas biométricas asociadas.
Una vez que haya rellenado el formulario 42B de inmigración, deberá entregar una copia al Asesor Jurídico Jefe Adjunto del Departamento de Seguridad Nacional, en el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
Además, debe presentar la solicitud ante el tribunal de inmigración correspondiente.
Con información de Urbina Law
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