El Banco Central de Cuba ha publicado una resolución en la Gaceta Oficial de la república sobre el uso de las criptomonedas en el territorio nacional.
La resolución, que entrará en vigor dentro de unos 20 días, coloca al Banco Central cubano como la única institución con potestad para regular la cuestión en todo el territorio nacional.
De esta forma el Banco Central define al "activo virtual" como "la representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y utilizar para pagos o inversiones". Así, el término comprende diversas acepciones utilizadas con iguales fines, tales como "activo digital, criptoactivo, criptomoneda, criptodivisa, moneda virtual y moneda digital".
Entre las medidas, se comprenden por ejemplo el otorgamiento de licencias a entidades comerciales y financieras.
También a las personas que realicen labores de intermediacion financiera.
Los organismos centrales del Estado, los ministerios ni las organizaciones políticas o sociales no pueden operar en criptomoneda salvo algunas excepciones que se harán puntualmente si esto permite abrir las posibilidades en el mundo empresarial.
La institución señala en la resolución que podrá autorizar el uso de determinadas criptomonedas "por razones de interés socioeconómico" para transacciones comerciales.
Asimismo, como otorgar licencia a proveedores de servicios de activos virtuales para operaciones relacionadas con la actividad financiera.
"Esto era algo que hasta el momento no se había permitido. Va a permitir que un conjunto de empresas y personas soliciten su licencia para trabajar con activos virtuales, con criptomonedas", cree Alexi Massó, matemático experto en criptodivisas.
Con información RT
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