Venezolanos con estos tipos de visa ya no podrán ingresar a Estados Unidos: conozca también las excepciones

Se espera que la medida del republicano se haga efectiva a partir del próximo lunes 9 de junio 

Miércoles, 04 de junio de 2025 a las 09:40 pm
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Foto: EFE
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La administración de Donald Trump anunció una serie de medidas que restringen el ingreso a su territorio para ciudadanos provenientes de 12 países, además de aplicar restricciones parciales a otros siete, entre ellos se encuentra Venezuela. 

La orden gubernamental, que se hará efectiva el próximo 9 de junio, señala que “la entrada a los Estados Unidos de nacionales de Venezuela como inmigrantes, y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J, queda suspendida. 

“Venezuela carece de una autoridad central competente o cooperativa para expedir pasaportes o documentos civiles y no cuenta con medidas apropiadas de verificación y cribado”, agrega la Casa Blanca.

Estas son las visas afectadas por la medida de Trump

  • Visa B-2: Permitía ingresar temporalmente para turismo o tratamiento médico.
  • Visa B-1: Visa combinada para fines comerciales.
  • Visas F-1, M-1 y J-1: Para estudiantes internacionales en programas académicos o culturales.
  • Visa M: Para formación vocacional o técnica.

En el caso de venezolanos con citas programadas, visaje en los consulados o embajadas estadounidenses podrían enfrentar requisitos adicionales, retrasos e incluso cancelaciones.

¿Para quiénes aplican las excepciones?

  • Residente permanente legal de los Estados Unidos;
  • Persona con doble nacionalidad de un país designado en virtud de los artículos 2 y 3 de esta proclamación cuando la persona viaje con un pasaporte emitido por un país no designado como tal;
  • Ciudadanos extranjeros que viajen con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5 u NATO-6;
  • Atletas o miembro de un equipo deportivo, incluyendo entrenadores, personas que desempeñan una función de apoyo necesaria y familiares directos, que viajen para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante, según lo determine el Secretario de Estado.
  • Visas de inmigrante para familiares directos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con evidencia clara y convincente de identidad y parentesco (por ejemplo, ADN).

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