Cómo la Ley contra el Odio desdibuja la línea entre el delito y la vida cotidiana en Venezuela

Penalista advierte que la Ley contra el Odio sustituye los delitos de difamación para imponer censura

Jueves, 29 de octubre de 2026 a las 06:30 am
Cómo la Ley contra el Odio desdibuja la línea entre el delito y la vida cotidiana en Venezuela

La implementación de la Ley Constitucional contra el Odio se consolidó como un mecanismo de control social y político diseñado para criminalizar la cotidianidad y disuadir cualquier expresión crítica en el país. Así lo advirtió el abogado penalista Ciro Camerlingo, quien recalcó que el principal vicio de este marco legal radica en la tergiversación absoluta de lo que jurídicamente constituye un delito de odio a nivel global.

Camerlingo explicó que, desde el punto de vista del derecho comparado y la normativa internacional, los delitos de odio están estrictamente desinados a proteger a grupos estructurados o minorías por razones de raza, credo, religión u orientación sexual, tales como personas de la comunidad Lgbtiq+, frente a agresiones sistemáticas. Sin embargo, en Venezuela esta figura fue desnaturalizada para castigar conflictos interpersonales y opiniones de la vida cotidiana. 

Autocensura

El especialista señaló que la aplicación discrecional de la norma transformó conductas habituales en delitos graves, lo cual impone penas desproporcionadas de entre 10 y 20 años de prisión por simples intercambios verbales, calificativos comunes o disputas vecinales.

"Si un presidente de una junta de condominio publicaba una lista de morosos, le aplicaban la Ley de Odio porque supuestamente exponía al escarnio público al deudor", detalló el penalista, al recordar cómo esta arquitectura punitiva también paralizó el humor nacional. 

Esta lógica sancionatoria generó un profundo "efecto inhibitorio" y de autocensura generalizada en la ciudadanía, los medios de comunicación y las redes sociales ante el temor de enfrentar condenas severas por comentarios de bajo impacto.

Desplazamiento 

Otro de los aspectos críticos apuntados por Camerlingo fue la virtual derogatoria tácita de los delitos tradicionales de difamación e injuria tipificados en el Código Penal venezolano. Es decir, cómo la Ley contra el Odio dejó sin efecto práctico al Código Penal, al absorber dichos delitos. Al prescindir de las penas moderadas de estas figuras y priorizar la ley especial, las disputas domésticas, cobros de deudas y reclamos vecinales fueran canalizados a través de la coacción penal de la Ley contra el Odio.

El experto enfatizó que el delito de odio debe dirigirse estrictamente contra conductas lesivas hacia colectivos vulnerables, y no utilizarse para sancionar insultos individuales, desacuerdos comerciales o discrepancias de índole política.

Derogatoria 

Ante este panorama donde la norma operó como un instrumento de persecución a la disidencia y control político, la postura jurídica apunta de forma categórica hacia la anulación absoluta del instrumento. Para el especialista, un cuerpo normativo que castiga situaciones de riesgo abstracto sin medir el daño real o la intencionalidad del emisor resulta incompatible con los principios democráticos, siendo indispensable rescatar el rigor del derecho penal ordinario erradicar la criminalización del ejercicio ciudadano.

Visite nuestra sección de Nacionales

Mantente informado en nuestros canales de WhatsApp, Telegram y YouTube

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

TEMAS DE HOY:
VENEZUELA
Escoge tu edición de 2001online.com favorita
Venezuela
América