Redacción 2001.com.ve| Miguelangel Caballero
El Día Mundial Contra la Homofobia y la Transfobia se conmemora cada 17 de mayo, debido a que en 1990 la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales.
Muchas han sido la luchas de la comunidad de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Personas Transgénero (LGTB), han librado en favor de sus derechos y de las construcción de una sociedad libre de discriminaciones.
En latinoamérica los derechos cíviles de la comunidad LGTB, como el matrimonio igualitario, han sido reconocidos por muy pocos países tal es el caso: Colombia, Argentina Uruguay y Brasil.
En Colombia se aprobó el matrimonio igualitario el 07 de abril de 2016, aunque estaban permitidas las uniones civiles a partir de 2007.
Mientras en Uruguay esto sucedió en 2013 durante el mandato de José "Pepe" Mujica, sin embargo en este país eran permitidas la uniones civiles desde 2008 y la adopción desde 2009.
En en caso de Brasil la aprobación del matrimonio igualitario, la adopción y un plus de leyes que promueven el respeto a los homosexuales, así como la prohibición de la discriminación empezarón a partir de 2011.
Aunque es estos países desde hace algún tiempo se permite la unión civil, es importante señalar que aunque es una garantía legal tiene francas limitaciones con respecto al matrimonio entre parejas heterosexuales.
En Venezuela existen algunas particularidades, una de ellas es que aunque la comunidad LGTB ha propuesto, ante la Asamblea Nacional, proyectos legales que promuevan la igualdad de los derechos civiles, es poco lo que se ha logrado en esta materia. Otra de ellas es que por primera vez Venezuela elige por votación popular a la primera diputada Trans, Tamara Adrián quien aún conserva su nombre de nacimiento, pues la legislación venezolana no permite realizar cambios de identidad de acuerdo al género que una persona decida tener.
Ciudadanos de segunda
En Venezuela no es reconocida la identidad de una persona trans, a juicio de Rojas, el Estado ha dado pasos “muy timoratos” en el amparo y reconocimiento de los derechos ciudadanos de homosexuales, lesbianas y personas trans. En el caso de Xander en EEUU aunque no hay una rectificación de la partida de nacimiento, si hay un reconocimiento de su identidad de género y considera que este desamparo jurídico en Venezuela convierte a estas personas en “ciudadanos de segunda”.
Aseguró que en países como Argentina se han dado pasos importantes en el reconocimiento y la integración de niños trans en la sociedad.
Las “personas trans somos invisibles”
Prissila Solórzano, coordinadora de activismo en Amnistía Internacional, señaló que en Venezuela jurídicamente las “personas trans son invisibles”, pues a pesar de que en el año 2010, se promulgó la nueva Ley Orgánica de Registro Civil publicada en Gaceta Oficial N°: 39264, que establece en su artículo 146 que: “toda persona podrá cambiar su nombre propio, por una sola vez (…) cuando éste sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad”. Este apartado legal no especifica ninguna posibilidad de cambio de género sexual en la documentación personal.
Solórzano asegura que la discriminación en el país no es sólo jurídica, si no social, pues cada vez que una persona trans tiene que hacer trámites tan sencillos como: cobrar un cheque en un banco o registrarse en las captahuellas para comprar alimentos son víctimas del bullying porque su aspecto físico no coincide con la foto en sus cédulas de identidad. Cree que la elección de la diputada Tamara Adrián ha sido “positiva” porque hay personas en el país que quieren un cambio tanto social como jurídico para las personas trans y sexo diverso.
Indicó que el rechazo social se expresa en “el abandono familiar, el rechazo de amigos, el no poder conseguir empleo y el bullying”.
Calificó la decisión de la cantante de Karina de apoyar a Xander en la “construcción de su género” como “maravillosa”, porque el apoyo de la familia es muy importante en etapas tan críticas de la niñez. Si más familias apoyarán a sus hijos en estos periodos de transición “no hubiese tantas trabajadoras sexuales o en situación de calle”, puntualizó.
En tal sentido, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el mes de julio del año 2015, recomendó al Estado venezolano que redoble “sus esfuerzos para combatir los estereotipos y prejuicios contra las personas LGBTI y garantizar que se prevengan los actos de discriminación y se investiguen, procesen y sancionen con penas apropiadas a quienes sean responsables de los actos de violencia en su contra de manera eficaz”.
El Comité Interamericano de Derechos Humanos (CIDH), instó, en 2015, al Estado a adoptar una ley de identidad de género no patologizante; a investigar con debida diligencia los delitos cometidos contra personas LGBT, y a profundizar las medidas estatales, incluyendo a través de políticas públicas a favor de personas LGBT, y sus defensores”.
Matrimonio Igualitario o Unión Civil
Giovanni Piermattei explicó en una entrevista para el Diario 2001 que existen profundas diferencias entre el matrimonio igualitario y la unión civil. "El matrimonio igualitario busca transformar parcialmente el Código Civil, para garantizar que las parejas conformadas por el mismo sexo tengan acceso igualitario" a los mismos derechos civiles de las parejas tradicionales. Estos beneficios son transversales a las parejas heterosexuales, porque permitirían la "desconstrucción de la institución patriarcal, donde la mujer es víctima de la opresión por parte del hombre", modificar este esquema significaría que el apellido de la madre no necesariamente podría ocupar el mismo lugar.
Indicó que la propuesta de la unión civil igualitaria impulsada por la diputada Tamara Adrián, es una tercera institución que se sumaría a las dos existentes que son: el matrimonio y el concubinato y tampoco le garantizan a las parejas homosexuales la igualdad plena de sus derechos ante la ley.
Denunció que aunque cumplieron con el 0,1% de las firmas, que establece la Consitución venezolana para impulsar iniciativas legislativas (Artículo 204), estas no fueron validadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), ni recibieron una respuesta formal de la Asamblea Nacional, entonces en manos del partido de Gobierno. "La nueva Asamblea Nacional, también se niega de alguna manera de legislar en función de el proyecto de ley entregado", dijo.
Tiene viabilidad el Matrimonio Igualitario
Piermattei informó que en enero de 2015 entregaron el proyecto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con una demanda de nulidad por insconstitucionalidad del Artículo 44 del Código Civil al que consideran "preconstitucional … que no recoge el espíritu de la Carta Magna de 1999″.
Esta solicitud fue admitida el por la Sala Constitucional el 28 de abril, "existe una gran esperanza de que la respuesta que nos den sea afirmativa", por lo que se comenzará a estudiar la posibilidad de legislar en esta materia. El TSJ podría modificar el artículo 44 del Código Civil e incluir el matrimonio igualitario e instar a la Asamblea Nacional a legislar sobre el matrimonio igualitario.
Cifras alarmantes
La ong Acción Ciudadana Contra el Sida (Accsi), publicó en 2015 un informe sobre los crímenes de odio por orientación sexual, identidad y expresión de género, ocurridos entre 2013 y 2015, en la que concluyeron:
1.- Del 100% de los casos del grupo de la diversidad sexual reseñado, el 62% de las personas trans siguen siendo la más afectada por los asesinatos, con edades comprendidas entre los 20 y 35 años.
2.- Entre 2013 y 2015 De 18 (100%), personas agredidas: 4 (22,2%), fueron lesbianas y 2 (11,1%), gays y 12 (66,7%), casos en los cuales no se mencionó la orientación sexual de las víctimas.
3.- Desde el año 2009 al 2015 han sido asesinadas 72 personas sexo diversas.
4.- La mayoría de los asesinatos son con golpizas con objetos contundentes (tubos, palos, martillos), el10,3% muere por apuñalamientos y el 44,8% por impactos de bala.
5-. En el 96,6% de los casos se desconoce si el crimen fue o no resuelto por las autoridades.
2016-05-17