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La Gaceta Oficial N° 41.468 publica el calendario para la cancelación adelantada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (Isrl), que deben efectuar los sujetos pasivos especiales entre septiembre y diciembre de 2018.
Así lo comunicó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) e indicó que sobre la “declaración y enteramiento de las retenciones del IVA, (la misma) se realizará semanalmente y debe contener el importe retenido en la semana inmediatamente anterior”.
Asimismo, agregó que el pago será requerido el día que se muestre la declaración.
Respecto al Isrl, el ente explicó que “el anticipo debe realizarse a través de una declaración informativa semanal”.
Conjuntamente, “será dividido entre los días hábiles de la semana y pagará la primera porción el mismo día de la declaración, las demás porciones se pagarán de acuerdo con la fecha indicada en respectivo compromiso de pago”.
En datos:
– El pago de las Retenciones de IVA será semanal.
– Anticipos de ISLR e IVA semanal con pago diario
– No mencionó la Declaración de IVA SEMANAL
2018-08-29
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